GLOSARIO

Bachiller: Título que se obtiene tras cursar satisfactoriamente la etapa de “Bachillerato” en cualquiera de sus modalidades. Para obtener el título es necesaria la evaluación positiva en todas las materias de los dos cursos de Bachillerato. El título de “Bachiller” faculta para acceder a las distintas enseñanzas que constituyen la educación superior, esto es, los estudios universitarios (tras haber realizado previamente un examen de ingreso), la formación profesional de grado superior y las enseñanzas de régimen especial.

Bachillerato: El “Bachillerato” constituye la rama general -o académica- de la enseñanza secundaria postobligatoria, a la que acceden los alumnos que, a partir de los 16 años de edad, han superado todas las enseñanzas que constituyen la Educación Secundaria Obligatoria (ESO). El “Bachillerato” comprende dos cursos académicos. Los alumnos pueden permanecer cursando el “Bachillerato” en régimen ordinario durante cuatro años. El Bachillerato consta actualmente de las siguientes modalidades: Artes; Ciencias de la Naturaleza y de la Salud; Humanidades y Ciencias Sociales; y Tecnología. La Ley Orgánica de Educación (LOE), de 2006, establece las modalidades de Artes; Ciencias y Tecnología; y Humanidades y Ciencias Sociales. Estas modalidades comenzarán a implantarse en el curso 2008/09 para el 1er curso, y en el 2009/10 para el 2º curso.

Bachillerato Unificado y Polivalente: Etapa educativa de enseñanza secundaria postobligatoria (rama general o académica) establecida por la Ley General de Educación (LGE), de 1970, –actualmente derogada-. Abarcaba tres cursos académicos de los 14 a los 17 años de edad. Comúnmente se hace referencia a ella con las siglas “BUP”. Dejó de impartirse en el curso 2000/01.

Catedrático: Cuerpo docente con el máximo nivel profesional en las siguientes enseñanzas: educación secundaria, música y artes escénicas, enseñanzas de idiomas y artes plásticas y diseño. El acceso a este cuerpo se produce mediante concurso público, para el que se deben reunir los siguientes requisitos: estar en posesión del título de Doctor, “Licenciado”, Arquitecto, Ingeniero o Grado correspondiente, o titulación equivalente a efectos de docencia; contar con una antigüedad mínima de ocho años como funcionario docente de carrera; así como superar el correspondiente proceso selectivo.

Catedrático de Escuela Universitaria: Cuerpo docente universitario cuyo titular tiene la condición de funcionario público. El acceso es mediante concurso, para el que se ha de reunir el requisito de estar en posesión del título de Doctor. Tiene como competencias la docencia y la investigación.

El Proyecto de Ley Orgánica de modificación de la Ley Orgánica de Universidades (LOU), de 2001, que recoge varias propuestas para la reforma de la legislación vigente en materia universitaria, establece la desaparición de la figura de “catedrático de escuela universitaria”.

Catedrático de Universidad: Cuerpo docente universitario cuyo titular tiene la condición de funcionario público. El acceso es mediante concurso, para el que se han de reunir los requisitos siguientes: o bien tener la condición de catedrático de otra universidad o bien la de “profesor titular de universidad” o “catedrático de escuela universitaria” con tres años de antigüedad y el título de Doctor. Tiene como competencias la docencia y la investigación.

Centro concertado: Centro educativo privado sostenido con fondos públicos sobre la base de un concierto con la administración educativa competente, que supone el cumplimiento de una serie de condiciones. Este tipo de centros está regulado por la Ley Orgánica Reguladora del Derecho a la Educación (LODE) de 1985.

Certificado de Escolaridad: Certificado de asistencia escolar correspondiente a la Ley General de Educación (LGE), de 1970, actualmente derogada. Se obtenía al finalizar los ocho cursos de “Educación General Básica” (“EGB”) sin haber alcanzado satisfactoriamente los objetivos de la etapa. Este certificado ya ha dejado de otorgarse en relación con la “EGB”. Actualmente se otorga a los alumnos que han cursado la ESO sin obtener la titulación correspondiente a dicha etapa.

Ciclo formativo: Conjunto de enseñanzas, de carácter modular y duración variable, en las que se organiza la formación profesional y algunas de las enseñanzas artísticas.

Colegio Rural Agrupado: Centro educativo de enseñanza primaria situado en zonas rurales formado por la agrupación de varias escuelas diseminadas entre localidades cercanas formando un colegio único dotado de “maestros” itinerantes.

Curso de Orientación Universitaria: Curso pre-universitario establecido por la Ley General de Educación (LGE), de 1970, actualmente derogada. Se cursaba con 17 años de edad. Comúnmente se hace referencia a este curso con las siglas “COU”. Estas enseñanzas dejaron de impartirse en el curso 2001/02.

Decano: Órgano unipersonal de gobierno de las facultades universitarias, que constituye su máxima autoridad, y cuyas funciones se centran en la coordinación de la actividad docente y la representación.

Diplomado: Título que se obtiene tras cursar satisfactoriamente estudios universitarios de primer ciclo.

Educación General Básica: Etapa educativa obligatoria establecida por la Ley General de Educación (LGE), de 1970, actualmente derogada. Abarcaba ocho cursos académicos desde los 6 a los 14 años de edad, organizados en tres ciclos. Comúnmente se hace referencia a ella con las siglas “EGB”. Esta etapa educativa constituía una estructura única que englobaba la enseñanza primaria y la secundaria obligatoria.

Enseñanzas de régimen especial: Bajo esta denominación se incluyen las Enseñanzas Artísticas, las Enseñanzas de Idiomas y las Enseñanzas conducentes a la obtención de titulaciones de Técnicos Deportivos. Las Enseñanzas Artísticas incluyen Música, Danza, Arte Dramático, Artes Plásticas y Diseño.

Escuela Técnica Superior: Centro docente universitario donde se imparten enseñanzas de carácter técnico (Ingeniería en cualquiera de sus especialidades y Arquitectura) de primer, segundo o tercer ciclo.

Escuela Universitaria: Centro docente universitario donde se imparten exclusivamente enseñanzas de primer ciclo de cualquier rama de estudios.

Escuela Universitaria Politécnica: Centro docente universitario donde se imparten enseñanzas de carácter técnico de primer ciclo.

Graduado en Educación Secundaria: Título establecido por la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE) de 1990, actualmente derogada, que se obtenía tras cursar satisfactoriamente la Educación Secundaria. Con este título se podía acceder al “Bachillerato” y a la formación profesional de grado medio. Los alumnos que no obtienen el título de Graduado en Educación Secundaria reciben un Certificado de Escolaridad” en el que constan los años cursados.

Graduado en Educación Secundaria Obligatoria: Título establecido por la Ley Orgánica de Educación (LOE), de 2006, que se obtiene tras cursar satisfactoriamente la Educación Secundaria Obligatoria. Con este título se puede acceder al “Bachillerato”, a la formación profesional de grado medio; a los ciclos de grado medio de artes plásticas y diseño, a las enseñanzas deportivas de grado medio y al mundo laboral. Este título sustituye al título de “Graduado en Educación Secundaria” establecido por la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE) en 1990. Hasta el término del curso escolar 2006/07, los alumnos que al finalizar la ESO hayan alcanzado los objetivos de la etapa obtendrán el título de “Graduado en Educación Secundaria Obligatoria” en las condiciones establecidas con anterioridad a la promulgación de la LOE. Los requisitos para la obtención del título de “Graduado en Educación Secundaria Obligatoria” establecidos por la LOE entrarán en vigor a partir del curso escolar 2007/08. Los alumnos que no obtienen el título de “Graduado en Educación Secundaria Obligatoria” reciben un “Certificado de Escolaridad” en el que constan los años cursados.

Graduado Escolar: Título establecido por la Ley General de Educación (LGE), de 1970, actualmente derogada, que se obtenía tras cursar satisfactoriamente la “Educación General Básica” (“EGB”) o al aprobar las pruebas específicas para adultos. Con este título se podía acceder al “Bachillerato Unificado y Polivalente” (“BUP”). Este título fue sustituido por el de “Graduado en Educación Secundaria” establecido por la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE), de 1990.

Licenciado: Título que se obtiene tras cursar satisfactoriamente los estudios universitarios de segundo ciclo.

Maestro: Personal docente que ejerce sus funciones en Educación Infantil y en Educación Primaria. También hace referencia al título que se obtiene tras realizar los estudios universitarios de primer ciclo en las “escuelas universitarias” de formación del profesorado, o el título de Grado correspondiente, y que permite impartir docencia en Educación Infantil y Enseñanza Primaria. Con la Ley General de Educación (LGE), de 1970, actualmente derogada, se hablaba de “Maestros” de Taller, que impartían asignaturas de carácter práctico en la Formación Profesional de primer grado. Con la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE), de 1990, actualmente derogada, el Cuerpo de “Maestros” de Taller se integró en el Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional.

módulo profesional: Bloque coherente de contenidos de algunas enseñanzas como, por ejemplo, las de formación profesional. Es la unidad mínima de formación profesional acreditable para establecer las enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos de formación profesional y los Certificados de Profesionalidad.

Profesor titular de escuela universitaria: Cuerpo docente universitario cuyo titular tiene la condición de funcionario público. El acceso es mediante concurso, para el que se ha de reunir la condición de estar en posesión del título de “Licenciado”, Arquitecto o Ingeniero. Tiene como competencias la docencia y la investigación. El Proyecto de Ley Orgánica de modificación de la Ley Orgánica de Universidades (LOU), de 2001, que recoge varias propuestas para la reforma de la legislación vigente en materia universitaria, establece la desaparición de la figura de “profesor titular de escuela universitaria”.

Profesor titular de universidad: Cuerpo docente universitario cuyo titular tiene la condición de funcionario público. El acceso es mediante concurso, para el que se ha de reunir la condición de estar en posesión del título de Doctor. Tiene como competencias la docencia y la investigación.

programación anual: Documento del centro docente no universitario donde se establecen los elementos organizativos del centro necesarios para cada curso lectivo.

proyecto educativo: Documento que elabora, aprueba y ejecuta el centro docente no universitario. Es elaborado por representantes de profesores, padres y alumnos y aprobado por el Consejo Escolar. Recoge los valores, los objetivos y las prioridades de actuación, e incorpora la concreción de los currículos establecidos por la administración educativa que corresponde fijar y aprobar al Claustro, así como el tratamiento transversal en las áreas, materias o “módulos” de la educación en valores y otras enseñanzas. Dicho proyecto debe tener en cuenta las características del entorno social y cultural del centro, recoge la forma de atención a la diversidad del alumnado y la acción tutorial, así como el plan de convivencia, y debe respetar el principio de no discriminación y de inclusión educativa como valores fundamentales.

proyecto curricular: Documento del centro docente no universitario en el que se concretan los objetivos, contenidos, opciones metodológicas y criterios de evaluación establecidos en el currículo oficial en función de las características peculiares del centro. Es elaborado por el Claustro de Profesores. La Ley Orgánica de Educación (LOE), de 2006, cuya implantación se realizará desde el curso escolar 2006/07 hasta el 2009/10, no contempla la elaboración de dicho documento como tal, sino que, es en el “proyecto educativo” del centro donde se incorporará la concreción de los currículos establecidos por la administración educativa que corresponde fijar y aprobar al Claustro.

Reglamento de Régimen Interior: Documento del centro docente no universitario que reúne el conjunto de reglas, normas y procedimientos de actuación que configuran el funcionamiento interno del centro. Es elaborado y aprobado por el Consejo Escolar del centro.

Técnico: Certificado y título profesional que se obtiene tras cursar satisfactoriamente la formación profesional de grado medio, de entre un año y medio y dos años de duración. El certificado indica la especialidad y permite el acceso al “Bachillerato” o al mundo laboral.

Técnico Auxiliar: Certificado y título que se obtenía tras cursar satisfactoriamente la Formación Profesional de primer grado (FP I), de dos años de duración, definida por la Ley General de Educación (LGE), de 1970. El certificado indicaba la especialidad y, en el sistema actual, permite el acceso al Bachillerato, a la formación profesional de grado superior, a varias "enseñanzas de régimen especial" de grado medio y al mundo laboral.

Técnico Deportivo: Certificado y título que se obtiene tras cursar satisfactoriamente las “enseñanzas de régimen especial” de grado medio de “Técnico Deportivo” en las modalidades y especialidades reconocidas por el Consejo Superior de Deportes, con validez académica y profesional en todo el territorio nacional. La duración de estas enseñanzas oscila entre 950 y 1100 horas repartidas en dos niveles. Este título es equivalente a todos los efectos al de grado medio de formación profesional.

Técnico Deportivo Superior : Diploma y título que se obtiene tras haber cursado satisfactoriamente las “enseñanzas de régimen especial” de grado superior de “Técnico Deportivo superior” en las modalidades y especialidades reconocidas por el Consejo Superior de Deportes, con validez académica y profesional en todo el territorio nacional. La duración de estas enseñanzas oscila entre 750 y 1100 horas en un solo nivel. Este título es equivalente a todos los efectos al de grado superior de formación profesional.

Técnico Especialista : Certificado y título que se obtenía tras haber cursado satisfactoriamente la Formación Profesional de segundo grado (FP II), de dos o tres años de duración, establecida por la Ley General de Educación (LGE), de 1970. El certificado indicaba la especialidad. Su principal objetivo era la cualificación para el mundo laboral, pero también permitía el acceso a ciertas enseñanzas universitarias de primer ciclo relacionadas y a algunas "enseñanzas de régimen especial" de grado superior. Dichas enseñanzas se suspendieron a partir del curso escolar 2002/03.

Técnico Superior: Diploma y título que se obtiene tras haber cursado satisfactoriamente la formación profesional de grado superior, cuya duración es variable, aunque normalmente suele ser de dos años. El diploma indica la especialidad. Su principal objetivo es la cualificación para el mundo laboral, pero también permite el acceso a ciertas enseñanzas universitarias de primer ciclo relacionadas y a algunas "enseñanzas de régimen especial" de grado superior.

Unidad de competencia: Elemento mínimo de competencia profesional, susceptible de reconocimiento y acreditación parcial.

 

 

 

 

Actitud: Contenido del currículo referido a la tendencia o disposición adquirida y relativamente duradera a evaluar de un modo determinado un objeto, persona, suceso o situación y a actuar en consonancia con dicha evaluación. En esta misma categoría de contenidos, el currículo prescriptivo incluye los valores y normas, estrechamente vinculados a las actitudes.

Valor. Fundamento esencial de las creencias y las conductas con relación al cual los sujetos se sienten comprometidos. Es más estable que la actitud.

Norma: Gula de la actuación que constituye un vínculo para los miembros de un determinado grupo.Los valores se concretan en normas de actuación que la persona cumple de acuerdo con ellos. A su vez, estas normas contribuirán a crear unas tendencias a actuar de determinada forma, o actitudes consecuentes con tales valores.

Adaptación curricular: Conjunto de acciones dirigidas a adecuar el currículo a las necesidades de un alumno o grupo determinado. Ello es posible gracias al establecimiento de un currículo abierto y flexible en nuestro estado y a la importancia que en este currículo se concede a principios educativos como partir del nivel de desarrollo del alumno, favorecer la construcción de aprendizajes significativos y conferir una dimensión personalizada al proceso de enseñanza-aprendizaje. En virtud de las necesidades detectadas, las adaptaciones pueden asumir medidas de muy diferente carácter, dependiendo del tipo y grado de dificultad de los alumnos. Ello requiere distinguir entre diversos tipos de adaptaciones curriculares: no significativas, significativas y de acceso al currículo.

Adaptaciones no significativas: se concretan en aquellos cambios que el profesorado introduce de manera habitual en el proceso de enseñanza. Pretenden dar respuesta a la existencia de diferencias individuales o dificultades de aprendizaje transitorias en el alumnado: previsión de actividades de apoyo y desarrollo, selección de estímulos diferenciadores, variedad en los materiales, etc.

Adaptaciones significativas: suponen una adecuación en elementos curriculares que se consideran mínimos o nucleares (contenidos y objetivos) en las áreas, materias o módulos. Las adaptaciones significativas en los elementos básicos del currículo pueden serlo por inclusión (caso de los alumnos sobredotados), modificación signicativa, temporalización fuera de ciclo y, en casos extremos, eliminación.

Adaptaciones de acceso al currículo: conllevan la modificación o provisión de recursos espaciales, materiales o de comunicación para facilitar que los alumnos con necesidades educativas especiales puedan desarrollar el currículo ordinario o adaptado. Esta modalidad de adaptación puede afectar, a su vez, a distintos tipos de variables: físicas (supresión de barreras arquitectónicas, cambios en las condiciones de iluminación, sonido, etc.), materiales (p.e. ordenador adaptado y otros equipamientos específicos) y comunicativas (sistemas de comunicación complementarios, aumentativos o alternativos...).

Aprender a aprender: Principio de intervención educativa. Implica emprender una serie de medidas orientadas a que el alumno desarrolle habilidades y estrategias que faciliten futuros aprendizajes de una manera autónoma. Se materializa, entre otras acciones y elementos en orientar la educación al desarrollo de capacidades relacionadas con el interés por buscar información y tratarla de manera personal. Conlleva prestar una consideración especial a los contenidos procedimentales (búsqueda de información, análisis y síntesis de la misma, etc.)

Aprendizaje mecánico: Aquel que aparece caracterizado por notas como: incorporación arbitraria de los nuevos conocimientos, falta de integración de los mismos en la estructura cognitiva del sujeto que aprende, adquisición memorística sin significado (opuesto a memorización comprensiva) que dificulta su aplicación a diferentes situaciones y contextos.

Aprendizaje por descubrimiento: Aquel en el que el alumno construye sus conocimientos asumiendo una actitud protagonista, sin la ayuda permanente del enseñante que puede, no obstante, guiar el proceso y facilitar medios. Esta forma de entender el aprendizaje requiere un método de búsqueda activa por parte del que aprende, que puede apoyarse en estrategias relacionadas con el método inductivo o con el hipotético-deductivo.

Aprendizaje significativo: Tipo de aprendizaje caracterizado por suponer la incorporación efectiva a la estructura mental del alumno de los nuevos contenidos, que así pasan a formar parte de su memoria comprensiva. El aprendizaje significativo opera mediante el establecimiento de relaciones no arbitrarias entre los conocimientos previos del alumno y el nuevo material. Este proceso exige: que el contenido sea potencialmente significativo, tanto desde el punto de vista lógico como psicológico, y que el alumno esté motivado. Asegurar que los aprendizajes escolares respondan efectivamente a estas características, se considera en la actualidad principio de intervención educativa.

Área curricular: Forma de organización curricular de un campo de conocimientos caracterizada por la generalidad, a partir de la reunión de un conjunto de disciplinas más específicas. Este concepto se utiliza, en los programas establecidos a partir de la LOGSE, en la Educación Infantil, Primaria y Secundaria Obligatoria, aunque en esta última etapa se aplica exclusivamente a los sectores del currículo común, frente a los optativos que reciben la denominación de materias (término que se aplicará siempre en el Bachillerato). Aunque la denominación genérica sea la misma para las Etapas señaladas, existen matices claramente diferenciadores sobre la forma de abordar el conocimiento en cada una de ellas. Las áreas son tanto más globales cuanto más nos situamos en la base del sistema educativo, y son más específicas cuanto más ascendemos por los distintos peldaños del mismo. Así pues:Las áreas más globales las encontraremos en la Educación Infantil y reciben la denominación de áreas de experiencia. Ejemplo de ello es el área de Comunicación y representación que reúne Lengua y Literatura, Matemáticas, Educación Artística, etc.).En la Educación Primaria son reconocidas como áreas de experiencia y conocimiento (Matemáticas, Conocimiento del Medio, etc).En la Educación Secundaria Obligatoria reciben la denominación de áreas de conocimiento (Ciencias de la Naturaleza, Ciencias Sociales, Geografía e Historia).

Autoevaluación: Tipo de evaluación caracterizada conforme al agente que la lleva a efecto. En ella, un mismo sujeto asume el papel de evaluador y evaluado (el profesor evalúa su actuación docente, el alumno evalúa su propia actividad de aprendizaje, etc.) Es muy importante que, de manera gradual, se estimule al alumno para que vaya formulando opiniones sobre su propio trabajo, puesto que constituye una variable clave en la autorregulación del aprendizaje de conceptos, procedimientos y actitudes y por tanto, en el desarrollo. de las capacidades de aprender a aprender, aprender a ser persona y aprender a convivir.

Ayuda pedagógica: situación en la cual el sujeto que aprende recibe orientación y apoyo (emocional o intelectual) de otros (docente o compañeros) para progresar tanto en el desarrollo intelectual como socio-afectivo y motriz.

Bloque de contenido: Elemento del Currículo Prescriptivo que consiste en una unidad coherente y organizada de contenidos conceptuales, procedimentales y actitudinales sobre un tópico determinado dentro de un área o materia. Los bloques de contenido que integran un área o materia no deben ser entendidos como "temas" al modo tradicional, ni como apartados independientes entre si. Tampoco su presentación supone orden o secuencia de enseñanza. En las tareas de desarrollo curricular llevadas a cabo en los centros (Proyectos Curriculares y programaciones de aula), se debe fijar su secuencia para la enseñanza y el aprendizaje, y analizar y establecer relaciones entre los mismos, desde una perspectiva flexible y abierta.

Capacidad: Poder que un sujeto tiene en un momento determinado para llevar a cabo acciones en sentido amplio (hacer, conocer, sentir...). Los objetivos educativos presentes en el Diseño Curricular Prescriptivo se formulan en términos de capacidades, puesto que se considera que la educación debe orientarse más que a la adquisición de comportamientos específicos por parte de los alumnos, hacia el desarrollo de competencias globales, que pueden manifestarse mediante comportamientos diversos que tienen en su base una misma capacidad básica. Las capacidades pueden ser de distinto tipo, y una educación integral deberá por tanto trabajar en el desarrollo de capacidades cognitivas o intelectuales, psicomotrices, de equilibrio personal o afectivas, de interrelación y de inserción social.

Ciclo educativo: Forma peculiar de organización en las etapas de la Educación Infantil, Primaria y Secundaria Obligatoria. Implica una unidad en el desarrollo del currículo en los centros a efectos de programación, evaluación. Dicha unidad lo es también de promoción en el caso de los tres ciclos de la Educación Primaria y en del primer ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria. Encuentra su fundamentación en la Psicología Evolutiva y pretende dar una respuesta más flexible a los progresos en capacidades y conocimientos del alumno que la ordenación clásica en cursos. En nuestro sistema educativo esta ordenación se concreta de la siguiente forma:- En la Educación Infantil, dos ciclos. El primero se extiende hasta los tres años y el segundo de los tres a los seis años.- En la Educación Primaria, tres ciclos. El primer ciclo comprende las edades de seis a ocho años, el segundo ciclo las de ocho a diez años y el tercer ciclo las de diez a doce años.- En la Educación Secundaria Obligatoria, dos ciclos. El primer ciclo comprende las edades de doce a catorce años y el segundo ciclo las de catorce a dieciséis. En este segundo ciclo, la ordenación de los elementos curriculares (objetivos, contenidos y criterios de evaluación) se concreta en cursos: tercero y cuarto de la Etapa. Esta medida se explica por la diferencia existente entre tercero y cuarto, el curso más complejo de la etapa en cuanto a alternativas entre las que el alumno puede elegir (opciones entre áreas comunes, materias optativas, etc.).

Ciclo formativo: Estructura organizativa propia de las enseñanzas correspondientes a la Formación Profesional Especifica, conforme a la cual se establecen Ciclos Formativos de Grado Medio y Ciclos Formativos de Grado Superior. Ambos poseen una organización modular y tienen una duración variable, en función de las características propias de cada uno de ellos. Sin embargo, poseen sus propios requisitos de acceso y su propia titulación (Titulo de Técnico en el caso de Grado Medio y de Técnico Superior en los Ciclos Formativos de Grado Superior).

Coevaluación: Tipo de evaluación caracterizada según los agentes que la llevan a efecto. Implica una situación evaluadora en la cual unos sujetos o grupos intercambian alternativamente su papel de evaluadores y evaluados (profesor-alumno, alumno-alumno, grupos de alumnos entre sí, etc.).

Concepto: Elaboración o representación de ideas generales abstractas que se obtienen a partir de la consideración de determinados aspectos de los objetos, hechos, símbolos, fenómenos, etc. que poseen ciertas características comunes. Permiten, por tanto, organizar la realidad y poder predecirla. Los conceptos constituyen un contenido de aprendizaje, presente en el currículo prescriptivo. En esta misma categoría, el currículo incluye otros elementos del conocimiento, con un valor complementario muy importante y estrechamente vinculados a los conceptos: datos, hechos y principios. Los datos)) los hechos se diferencian de los conceptos por no tener el mismo valor estructurante en el conocimiento, y por el hecho de que su adecuada recuperación exige fidelidad máxima respecto del original.

Comisión de coordinación pedagógica: Órgano de coordinación didáctica que se ocupa de aspectos tales como establecer las directrices para la elaboración de los Proyectos curriculares, coordinar la elaboración de dichos Proyectos y velar por su cumplimiento y posterior evaluación. Su composición es la siguiente: - En los Institutos de Secundaria: Director (que será su presidente), el Jefe de estudios y, en su caso, los Jefes de estudios adjuntos, y los Jefes de Departamento.- En los centros de Infantil y Primaria: Director (que será su presidente), el Jefe de estudios, los coordinadores de ciclo y, en su caso, el maestro orientador del centro o un miembro del equipo orientador que corresponde al centro.

Conflicto cognitivo: Fenómeno psicológico de contraste producido por la incompatibilidad entre las preconcepciones y significados previos de un alumno en relación con un hecho, concepto, procedimiento, etc., determinado, y los nuevos significados proporcionados en el proceso de enseñanza-aprendizaje. Este conflicto inicia un proceso de desequilibrio en la estructura cognitiva del sujeto, seguido de una nueva reequilibración, como resultado de un conocimiento enriquecido y más acorde. De este modo, el conflicto cognitivo se convierte en factor dinamizador fundamental del aprendizaje.

Conocimientos previos: Conjunto de concepciones, representaciones y significados que los alumnos poseen en relación con los distintos contenidos de aprendizaje que se proponen para su asimilación y construcción. Los alumnos se valen de tales conocimientos previos para interpretar la realidad y los nuevos contenidos, por lo que resulta necesario identificarlos (en muchos casos serán parciales, erróneos) y activarlos, para convertirlos en punto de partida de los nuevos aprendizajes. (Ver partir del nivel de desarrollo del alumno).

Contenido: Elemento del currículo que constituye el objeto directo de aprendizaje para los alumnos, el medio imprescindible para conseguir el desarrollo de capacidades. Tradicionalmente ha sido utilizado con una significación restrictiva, equivalente a concepto. Los programas establecidos a partir de la aprobación de la LOGSE amplían este significado, por lo que distinguen y recogen tres dimensiones en el contenido: concepto, procedimiento y actitud. Esta diferenciación está basada en la idea de que todo aquello que un sujeto puede aprender, puede ser enseñado. Si planificar contribuye a mejorar el proceso de enseñanza y aprendizaje, la inserción en los programas de procedimientos y actitudes contribuirá a aumentar las posibilidades de su tratamiento y ejercicio sistemático. Así pues, la distinción que muestran los programas con referencia a esta triple dimensión se propone enriquecer el trabajo educativo. (Ver conceptos, procedimientos y actitudes).

Currículo: Compendio sistematizado de los aspectos referidos a la planificación y el desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje Se considera equivalente a términos como plan o programa (aunque con un fuerte componente Técnico-Pedagógico)- Los elementos del currículo de acuerdo con la LOGSE son los objetivos, contenidos, principios metodológicos y criterios de evaluación. El vocablo currículo puede ser utilizado para referirse a distintos niveles (más abstractos o más concretos) de elaboración de planes educativos. Así se habla de Currículo Prescriptivo u oficial (el más abstracto y general), de Proyecto Curricular y de Programaciones curriculares.

Criterio de evaluación: Enunciado que expresa el tipo y grado de aprendizaje que se espera que hayan alcanzado los alumnos en un momento determinado respecto de algún aspecto concreto de las capacidades indicadas en los objetivos generales. El Currículo Prescriptivo fija el conjunto de criterios de evaluación correspondientes a cada área para cada etapa educativa, bajo la forma de un enunciado y una breve explicación del mismo. Posteriormente los centros, en sus respectivos Proyectos Curriculares, y los profesores en sus programaciones de aula, deberán adaptar, secuenciar y desarrollar tales criterios.

Criterio de promoción: Definición del acuerdo asumido por el equipo docente de una etapa, en su Proyecto Curricular, en relación con las adquisiciones mínimas que deberán condicionar el acceso de los alumnos de una etapa ciclo o curso (tercero y cuarto de ESO) al siguiente. No deben confundirse con los criterios de evaluación, ni deberla adoptarse el mero criterio de superación de un número determinado de áreas como criterio de promoción.

Currículo Prescriptivo: Conjunto de disposiciones de la administración que establecen los programas oficiales de carácter obligatorio. La forma de ordenación territorial y administrativa de nuestro Estado determina la existencia de un Real Decreto para cada Etapa educativa en el que se establece los aspectos básicos del currículo (caso de la Educación Infantil) y las enseñanzas mínimas (caso de Infantil, Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato). A partir de esta normativa, el Ministerio de Educación y Ciencia, para el territorio que depende administrativamente de él, y las Comunidades Autónomas en pleno ejercicio de sus competencias, para el suyo, han aprobado sus Decretos de Currículo, que presentan los aspectos normativos u oficiales para toda la Etapa que los centros deben concretar.

Departamento: Órgano de coordinación didáctica propio de los Institutos de Secundaria. Los Reglamentos actuales distinguen tres tipos de Departamento: didáctico, de orientación y de actividades complementarias y extraescolares.

Departamento Didáctico: Órgano de coordinación didáctica propio de los Institutos de Secundaria encargado de organizar y desarrollar las enseñanzas propias de las áreas, materias o módulos correspondientes. Estará compuesto por todos los profesores que impartan la enseñanza propia de las áreas, materias o módulos asignados al departamento.

Departamento de Orientación: Órgano de coordinación didáctica propio de los Institutos de Secundaria encargado de elaborar las propuestas de organización de la orientación educativa y el Plan de acción tutorial, de coordinar el desarrollo de los procesos de orientación, de colaborar con los profesores en la prevención y detección de los problemas de aprendizaje y de asesorar a la Comisión de coordinación pedagógica en los aspectos psicopedagógicos del Proyecto Curricular. Está compuesto por profesores del Cuerpo de Enseñanza Secundaria (correspondientes a los ámbitos socio-lingüístico y científico-tecnológico, y al menos uno de ellos perteneciente a la especialidad de Psicología y Pedagogía), profesores del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional y, en su caso, maestros.

Departamento de Actividades Extraescolares y Complementarias: Órgano de coordinación didáctica propio de los Institutos de Secundaria encargado de impulsar, planificar y organizar las actuaciones educativas a las que su propia denominación alude. Es responsable de la elaboración del plan anual donde se recojan las propuestas que en este sentido se hagan por parte de los Departamentos, de los profesores, de los alumnos y de los padres; y de la coordinación y organización: de las actividades culturales y deportivas, de los viajes de estudio, intercambios escolares, etc. y de la utilización de la biblioteca del centro. Este Departamento está integrado por el Jefe del mismo, y para cada actividad o iniciativa particular, por los profesores y alumnos responsables de la misma.

Desarrollo curricular: Puesta en práctica del Diseño Curricular Prescriptivo, aplicación que necesariamente incorpora las adecuaciones y aportaciones precisas para su contextualización en una realidad social y escolar determinadas. Esta tarea de contextualización, propia del desarrollo curricular, se materializa, en primer lugar, en el Proyecto Curricular, y en un segundo momento en las Programaciones de aula.

Diseño Curricular Base: Conjunto de publicaciones (para las Etapas de Infantil, Primaria y Secundaria) que el Ministerio de Educación y Ciencia envió a los Centros para difundir la filosofía y principios de la Reforma Educativa y los elementos básicos del currículo de cada Etapa. A partir de estas publicaciones y del debate promovido por la Administración educativa se configuró el Currículo Prescriptivo u oficial. En la actualidad, una vez aprobados los programas definitivos, los Diseños Curriculares Base sólo deben ser consultados para tomar información relativa a la filosofía y principios de la Reforma o a los planteamientos metodológicos de las áreas, nunca para tomar elementos del currículo de las mismas, pues estos elementos podrían haber sido objeto de modificación en los Decretos de Currículo que, a estos efectos, constituyen la fuente de información apropiada.

Diversidad (atención a la): Principio educativo que se refiere a la preocupación global y a las acciones especificas que pretenden dar respuesta adaptada a las diferentes capacidades, necesidades, estilos cognitivos e intereses que muestran los alumnos. La respuesta a la diversidad puede darse a través de medidas de diferente naturaleza y generalidad. Los propios proyectos curriculares de los centros con su secuenciación curricular característica conllevan una respuesta a la diversidad. Otras respuestas son las actividades de apoyo y desarrollo en la programación de aula, la optatividad, la acción tutorial y orientadora, las adaptaciones curriculares, las diversificaciones curriculares, etc. El principio de atención a la diversidad debe ser compatible con el de comprensividad.

Diversificación curricular: Vía extraordinaria de atención a la diversidad en el marco de la Educación Secundaria Obligatoria, que permite que determinados alumnos mayores de dieciséis años, y tras la evaluación psicopedagógica correspondiente, puedan en el segundo ciclo seguir un currículo adaptado, con supresión de objetivos, contenidos y áreas del currículo básico establecido con carácter general. Los programas de diversificación curricular tienen por objeto la adquisición de las capacidades generales propias de la etapa por vías alternativas (metodológicas, de organización curricular, etc.), de modo que los alumnos que por sus necesidades educativas especificas se incorporen a ellos, puedan obtener el título de Graduado en Educación Secundaria. Los programas incluyen al menos tres áreas del currículo básico, y elementos propios de los ámbitos lingüístico y social, y científico-tecnológico.

Educación compensatoria: Conjunto de acciones sociales, administrativas y/o de enseñanza cuyo propósito es contribuir al desarrollo del principio de igualdad de oportunidades en educación. Para favorecer el desarrollo de dicho objetivo se admite como medio conceder una serie de medidas (recursos materiales, profesorado de apoyo, atención orientadora, etc.) diferentes en el plano cualitativo y/o cuantitativo a aquellos centros y/o alumnos más necesitados.

Educación comprensiva: Forma de entender el proceso de enseñanza-aprendizaje cuyo propósito es ofrecer a todos los alumnos de una determinada edad un fuerte núcleo de contenidos comunes intentando evitar, de esta forma, la separación o segregación tempranas de los alumnos en vías de formación diferenciadas que puedan ser irreversibles más adelante. El principio de educación comprensiva es compatible con el de atención a la diversidad por medio de una diferenciación en el currículo. La aparente dicotomía se resuelve al entender que, en educación, determinados cambios deben ser presentados de manera gradual para ser respetuosos con el progresivo desarrollo y maduración de los alumnos. De esta manera, la etapa de la Educación Secundaria Obligatoria permite el tránsito equilibrado entre la atención básicamente común de la Etapa de Primaria y la diferenciación característica del Bachillerato y la Formación Profesional Especifica de Grado Medio. La misma etapa de ESO muestra un mayor grado de comprensividad er el primer ciclo que en el segundo ciclo. En este último ciclo de la ESO la atención a la diversidad se acentúa en el cuarto y último curso de la Etapa.

Equipo de ciclo: Órgano de coordinación didáctica propio de las Etapas de Educación Infantil y Primaria. Agrupa a todos los maestros que impartan la docencia en él. Se encarga de organizar y desarrollar, bajo la supervisión del Jefe de estudios, las enseñanzas propias del ciclo. Ello implica formular propuestas relativas a la elaboración del Proyecto educativo, a la Programación General anual y a los Proyectos curriculares, mantener actualizada la metodología didáctica y organizar y realizar las actividades complementarias y extraescolares.

Estrategias didácticas expositivas: Formas de planificar, organizar y desarrollar acciones propias del proceso de enseñanza-aprendizaje basadas en el hecho de que un sujeto que enseña (profesor o un determinado alumno) presenta un conocimiento ya elaborado que los demás pueden asimilar. No deben ser equiparadas a la idea de clase magistral convencional. Estas estrategias pueden promover la construcción de aprendizajes significativos siempre que: - Partan del nivel de desarrollo del alumno (conocimientos y competencias cognitivas) - Cuenten con el interés del alumno. - Presenten con claridad los nuevos contenidos. El empleo de las estrategias didácticas expositivas será de gran valor en planteamientos introductorios (al establecer las coordenadas generales de un tema, subrayar sus partes destacadas, etc.) y, con posterioridad en situaciones que requieran, clarificar, reforzar, enriquecer la comprensión (síntesis, recapitulaciones periódicas).

Estrategias didácticas de indagación: Formas de planificar, organizar y desarrollar acciones propias del proceso de enseñanza-aprendizaje basadas en la actividad del alumno que sigue pautas más o menos precisas del profesor y debe aplicar técnicas más concretas tales como investigaciones simplificadas, debates, visitas, estudio de casos, etc. Este tipo de estrategias comportan, a la vez, la realización de actividades relacionadas con contenidos relativos a procedimientos, conceptos y actitudes. Ponen al alumno en situaciones de reflexión y acción.

Etapa educativa: Cada uno de los grandes tramos en los que se estructura el Sistema Educativo español en la actualidad. Estas etapas son: Educación Infantil (hasta los seis años), Educación Primaria (de seis a doce años), Educación Secundaria Obligatoria (de doce a dieciséis años) y Bachillerato (de dieciséis a dieciocho años). El concepto de Etapa conlleva una idea de unidad en la ordenación y determinación objetivos generales, de áreas y/o materias, y de sus correspondientes objetivos, contenidos, principios metodológicos y criterios de evaluación (este último aspecto común a todos a excepción de la etapa de E. Infantil).

Evaluación educativa: Proceso sistemático y planificado de recogida de información relativa al proceso de aprendizaje de los alumnos, al proceso de enseñanza, al centro educativo, etc., para su posterior valoración, de modo que sea posible tomar las decisiones oportunas sobre la base de los datos recabados (reconducción, ajuste, etc.). El modelo de evaluación adoptado en el actual marco curricular, por tanto, supone la extensión del objeto de la evaluación (desde los alumnos y su rendimiento, hasta la totalidad de elementos que intervienen en los procesos de enseñanza-aprendizaje) y una clara orientación a la regulación y la toma de decisiones para la mejora de los procesos educativos en su conjunto.

Evaluación Diagnóstica/Inicial: Cuando se refiere a los procesos y resultados de aprendizaje de los alumnos, evaluación orientada a recabar información sobre sus capacidades de partida y sus conocimientos previos en relación con un nuevo aprendizaje, para  de este modo adecuar el proceso de enseñanza a su posibilidades. Suele utilizarse normalmente con finalidades pronosticas, y por lo tanto al inicio de un periodo de aprendizaje (etapa, ciclo, curso, unidad didáctica, etc.).

Evaluación Formativa/Continua/Procesual: Cuando se refiere a los aprendizajes de los alumnos, se orienta al ajuste y adaptación continuos del proceso de enseñanza a los procesos de aprendizaje de los alumnos en el momento en que estos se producen. Supone por tanto la recogida y el análisis continuo de información, de modo que se puedan introducir las reorientaciones y autocorrecciones precisas. En este tipo de evaluación interesa, por tanto, verificar los errores, dificultades, ritmos de aprendizaje, logros, etc. de los alumnos, de modo que se pueda proporcionar de modo eficaz ayuda y refuerzo a la construcción de los aprendizajes.

Evaluación Sumativa/Final. Cuando se refiere a los aprendizajes de los alumnos, se orienta a determinar el grado de consecución que un alumno ha obtenido en relación con los objetivos fijados para una área o etapa. Se realiza habitualmente, por tanto, al final de un proceso de enseñanza-aprendizaje, y se vincula a las decisiones de promoción, calificación y titulación. También cubre finalidades estrictamente pedagógicas en la medida que permite establecer las situación de un alumno en relación con los objetivos y contenidos necesarios para afrontar con éxito futuros aprendizajes, constituyendo en este sentido el primer paso de un nuevo ciclo de evaluaciones diagnósticas, formativas y sumativas.

Evaluación Criterial. Cuando se refiere a los procesos y resultados de los aprendizajes de los alumnos, éstos se interpretan y valoran comparándolos con los objetivos previamente fijados. Es decir, nos permite saber el grado de consecución de esos objetivos para, a partir de ahí, juzgar si el aprendizaje es suficiente o insuficiente. Además, en la evaluación criterial personalizada, se comparan los procesos y resultados del aprendizaje del alumno, no sólo con los objetivos previstos, sino también con las propias capacidades del sujeto (aptitudes, actitudes, conocimientos previos, etc.), de manera que se puede valorar así, si éstos son satisfactorios o insatisfactorios (evaluación conforme a autorreferencias).

Evaluación Normativa. Cuando se refiere a los procesos y resultados de los aprendizajes de los alumnos, éstos se valoran e interpretan comparando el rendimiento de cada alumno con el logrado por los demás miembros del grupo-clase (normalmente con la media del rendimiento del grupo).

Finalidades educativas: Grandes propósitos de la educación definidos en la LOGSE. Sintetizan las aspiraciones esenciales del proceso educativo. Constituyen el referente fundamental para todos los documentos que se elaborarán posteriormente, tanto estrictamente curriculares (Currículo oficial, Proyecto Curricular, Programaciones), como educativos en un sentido más amplio (Proyecto Educativo). Ejemplo de finalidad presentada en la Ley es: "La preparación para participar activamente en la vida social y cultural".

Formación Profesional de Base: Componente formativo que, integrado en la Educación Secundaria Obligatoria y en el Bachillerato, trata de proporcionar a todos los alumnos una educación básica de carácter profesional, no orientada específicamente a la preparación para una determinada profesión. Se concreta en aspectos tales como la incorporación del área de Tecnología y de materias optativas de iniciación profesional en la Educación Secundaria Obligatoria; o en la conformación de un Bachillerato altamente diversificado, a través de sus modalidades y de un sistema flexible de optativas.

Formación Profesional Especifica: Designa el conjunto de enseñanzas que, dentro del sistema educativo, se orientan a proporcionar los conocimientos y competencias necesarias para la actividad en un campo profesional determinado. La Formación Profesional especifica se estructura en Ciclos Formativos, que pueden ser de Grado Medio o Superior.

Fuentes del currículo: Los programas educativos han de configurarse a partir de la información proveniente de algún ámbito de conocimiento. Hasta hace unas décadas, esa información procedía, casi exclusivamente, de los conocimientos estructurados del propio sector científico. Pero el saber educativo evoluciona y los programas actuales se elaboran integrando información y aportaciones de distintas ciencias y ámbitos del conocimiento y la realidad conocidos como fuentes del currículo. Son los siguientes: • Fuente epistemológica o disciplinar, conocimientos científicos que informan cada una de las áreas y/o materias curriculares. • Fuente psicológica: conocimientos sobre los procesos de desarrollo y de aprendizaje de los alumnos y conocimientos sobre las peculiaridades de las relaciones entre los miembros que participan en el proceso educativo (alumno, alumno/profesor, etc.). • Fuente sociológica: demandas sociales que se materializan en los saberes culturales y sociales que el sistema educativo ha de transmitir y que contribuyen al proceso de socialización de los alumnos. • Fuente pedagógica: ordena y sistematiza la aportación de las anteriores en función de la fundamentación teórica y la experiencia adquirida en la práctica docente.

Globalización: Enfoque metodológico que facilita la concreción del principio de aprendizaje significativo. Puede aplicarse en la Educación Infantil y Primaria etapas en las que tanto la organización del profesorado (un profesor tutor sobre el que recae la responsabilidad de la mayor parte del trabajo de enseñanza) como la ordenación curricular (áreas de carácter muy general entre las que existen multitud de conexiones) cooperan de forma clara a su desarrollo. Se fundamenta desde una integración de la perspectiva psicológica, pedagógica, social y epistemológica que entienden que: - En las primeras fases de la evolución psicológica y en los primeros momentos de aproximación a nuevos conocimientos es mejor partir de elementos de trabajo globales. - Estos elementos de trabajo globales deben ser cercanos a la experiencia para poseer un valor funcional que confiera a los contenidos un significado potencial (la familia, el barrio, los trabajos, la localidad, etc.). - Las áreas curriculares (y los temas transversales) enriquecen con sus contenidos el análisis y la comprensión de esas entidades globales. En los primeros momentos (Infantil y primer ciclo de primaria) los contenidos de las áreas pueden ser sólo una vertiente de análisis para el profesor (valor pedagógico). De manera gradual el análisis adquiere cuerpo de contenido y se transmite al alumno (valor didáctico). - El progreso del alumno en la Etapa de primaria tanto en el plano de las capacidades como en el dominio de los contenidos exigirá formas de tratamiento globalizador parcial, que permitan un ejercicio y desarrollo de aprendizajes instrumentales.

Integración: Complejo conjunto de medidas y acciones (de ordenación académica, recursos didácticos y actividades de formación y cambio de actitudes) dirigidas a hacer posible la escolarización y la educación (en el pleno sentido del término) de alumnos con necesidades educativas especiales en los centros ordinarios de las diferentes etapas.

Interdisciplinariedad: Enfoque metodológico que facilita la concreción del principio de aprendizaje significativo. Puede aplicarse en la Educación Secundaria. Se fundamenta desde una integración de la perspectiva psicológica, pedagógica, social y epistemológica que entienden que: - La evolución psicológica del alumno en la educación Secundaria se manifiesta en una creciente capacidad de análisis y en la posibilidad de integrar y relacionar conceptos superando los datos concretos. - El proceso de enseñanza debe atender a afianzar y desarrollar esa posibilidad proporcionando situaciones educativas en las que se integre el análisis y la síntesis. - El progreso en el conocimiento exige la profundización y el análisis, pero la vinculación entre sectores de conocimiento hace el contenido más funcional y significativo. Las formas de aplicación de este principio son muy variadas y pueden materializarse, entre otras en: - Construcción de conceptos clave que pueden ser comunes a diferentes áreas y materias. - Selección, planificación, puesta en práctica y evaluación de contenidos procedimentales que pueden ser comunes a diferentes áreas y materias y que permiten la puesta en práctica de estrategias que ayudarán a los alumnos a aprender a aprender (por ejemplo, identificación y localización de fuentes de información). - Selección, planificación, puesta en práctica y evaluación de contenidos actitudinales que pueden ser comunes a diferentes áreas y materias (por ejemplo, disposición e iniciativa personal para organizar y participar solidariamente en tareas de equipo).

LOGSE: Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo (Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre. B.O.E. del 4 de octubre). Sustituye a la Ley General de Educación de 1970 y establece, frente a ella, unas nuevas etapas educativas. Entre sus medidas más características destacan: el establecimiento de un currículo abierto y flexible, una ampliación de los limites de la escolaridad obligatoria (hasta los dieciséis años), un nuevo Bachillerato de dos años de duración y que pretende orientar a los alumnos tanto para estudios superiores como para la vida profesional, una Formación Profesional de Base integrada en la Educación Secundaria Obligatoria y en el Bachillerato, una Formación Profesional Especifica selectiva que atienda a las demandas del sistema productivo, una educación especial regida por los principios de normalización e integración, una atención especifica a las enseñanzas artísticas, a las enseñanzas de idiomas y a la educación de las personas adultas y una consideración a especial a los problemas de compensación de las desigualdades en educación y a los factores de calidad de la enseñanza entre los que sobresalen la formación docente, la programación del profesorado, la orientación educativa y la evaluación del sistema educativo.

LOPEG: Ley Orgánica de la Participación, Evaluación y el Gobierno de los centros docentes (Ley 9/1995, de 20 de noviembre). Esta Ley profundiza, amplia y modifica la LODE (Ley Orgánica 8/1985 del Derecho a la Educación), con el fin de dar respuesta a las nuevas exigencias planteadas por la aprobación y el desarrollo posterior de la LOGSE (nueva estructuración del sistema educativo, nuevas responsabilidades y profundización en la autonomía de los centros y del profesorado en el desarrollo del currículo, exigencia de evaluación del conjunto del sistema, etc.). La LOPEG regula aspectos relativos a la participación de los distintos sectores educativos en el gobierno de los centros y en actividades complementarias y extraescolares, la elaboración y publicación de su proyecto educativo y la autonomía en la gestión de los recursos. Se modifican y amplían aspectos relativos a los órganos de gobierno de los centros públicos (ampliación del mandato del director hasta cuatro años, necesidad de acreditación previa para el desempeño de la función directiva, designación del Jefe de Estudios y del Secretario por parte del director); se establecen los distintos contenidos y modalidades de la evaluación de los centros, asi como los informes de sus resultados, y se regula la inspección de educación y el ejercicio de supervisión por las administraciones educativas. Finalmente, se establecen medidas para garantizar la escolarización de los alumnos con necesidades educativas especiales en centros sostenidos con fondos públicos y la calidad de la atención educativa proporcionada por los mismos.

Materia curricular: Unidad de organización curricular que se corresponde con la estructuración, para la enseñanza, de un ámbito disciplinar especifico, del que forman parte los conceptos, principios, procedimientos, métodos de investigación, etc., que le son propios. Es la forma de organización curricular adoptada para el espacio de optatividad en Educación Secundaria Obligatoria, y para la totalidad del currículo del Bachillerato.

Materiales curriculares: Instrumentos y medios elaborados con una intención original y primariamente didáctica, que se orientan a la planificación y desarrollo del currículo. Los materiales curriculares pueden estar dirigidos al profesorado o a los alumnos, e incluyen: propuestas para la elaboración de proyectos curriculares, propuestas relativas a la enseñanza de determinadas materias o áreas, materiales para el desarrollo de unidades didácticas, libros de texto, medios audiovisuales e informáticos de carácter didáctico, etc.

Modalidad: En la etapa de Bachillerato, designa al conjunto de materias propias o básicas y materias optativas afines a un ámbito del saber y relacionadas con un campo profesional determinado. El Bachillerato se estructura en cuatro modalidades: Artes, Humanidades y Ciencias Sociales, Ciencias de la Naturaleza y de la Salud, y Tecnología. Dentro de ellas los alumnos pueden optar entre itinerarios diversos, a partir de las distintas «opciones que a su vez presentan las modalidades.

Módulo profesional: Unidad básica de organización curricular en la Formación Profesional Especifica. Puede ser considerado en este contexto como un término equivalente al de área o materia. Los distintos tipos de módulos integran cada ciclo formativo son: módulos profesionales asociados a una determinada unidad de competencia, módulos profesionales transversales, módulo de formación en centros de trabajo y módulo de formación y orientación laboral.

Necesidades educativas especiales: Carencias formativas que para ser superadas necesitan de recursos menos usuales que los que ordinariamente se proporcionan en los procesos de enseñanza-aprendizaje, y para cuya compensación, por tanto, es necesaria la elaboración y aplicación de adaptaciones curriculares de acceso y/o adaptaciones curriculares significativas. Tales carencias formativas pueden ser función tanto de condiciones personales (discapacidad o sobredotación) como de variables asociadas a la historia familiar, social, etc., del alumno y con repercusiones significativas sobre su aprendizaje. Las necesidades educativas especiales, en consecuencia, deben ser entendidas en un sentido interactivo (dependen tanto de las características personales del alumno como de las características del entorno educativo y de la respuesta que se le ofrece) y relativo (éstas serán diferentes en función de las características y respuesta educativa que se ofrece en cada contexto educativo).

Nivel de concreción curricular: De acuerdo con el marco curricular actualmente establecido, designa cada uno de los momentos ó etapas en los que se diseña y/o desarrolla el currículo. Éste queda articulado y definido en tres niveles de concreción, que implican fases sucesivas y progresivamente más concretas de elaboración y aplicación: Diseño Curricular Prescriptivo, Proyectos Curriculares y Programaciones de aula.

Objetivos didácticos: Expresión de los objetivos educativos que orientan los procesos de enseñanza-aprendizaje en el nivel correspondiente a las programaciones de aula. Se expresan como formulaciones concretas de las capacidades presentes en los objetivos generales, de modo que permiten la selección de contenidos, actividades, recursos, etc. de la unidades didácticas, y constituyen el referente inmediato para la evaluación de los procesos y resultados de aprendizaje de los alumnos.

Objetivos generales de área: Expresan la aportación concreta que, desde una área particular, se hará al desarrollo de las capacidades expresadas en los objetivos generales de la etapa. Como éstos, se definen en términos de capacidades, si bien incorporan una referencia explícita a los contenidos que integran el área. El trabajo conjunto desde las distintas áreas, orientado por tales objetivos, hará posible el desarrollo de las capacidades generales por parte de los alumnos.

Objetivos generales de Etapa/Ciclo: Expresan el conjunto de capacidades cognitivas, psicomotrices, afectivo-sociales, etc., que se espera hayan desarrollado los alumnos al término de una etapa educativa determinada, como resultado de los procesos de enseñanza-aprendizaje planificados de modo sistemático por parte de la institución educativa. Posteriormente aparecen concretados en los objetivos generales de cada una de las áreas.

Nivel Inicial del Desarrollo del Alumno: Principio de intervención educativa que exige conocer las capacidades y los conocimientos previos de los alumnos para así adaptar las acciones de enseñanza a las posibilidades y procesos de aprendizaje. Su aplicación requiere acciones diversas. Entre ellas podemos destacar las siguientes: - Para el conocimiento de las capacidades, la familiarización con los aspectos básicos de psicología evolutiva (características de la etapa de desarrollo en la que se encuentran los alumnos), el estudio de los expedientes de los alumnos, los contactos con los profesores tutores de cursos anteriores, el intercambio de información significativa con la familia, la observación de los comportamientos del alumno, etc. - Para la determinación de los conocimientos previos, la aplicación de técnicas como los cuestionarios, los diálogos, las representaciones plásticas, los mapas cognitivos, etc.

Plan de acción Tutorial (P.A.T.): Marco en el que se especifican los criterios y procedimientos para la organización y funcionamiento de las tutorías. En él se incluyen las líneas de actuación que los tutores deberán desarrollar con el alumnado de cada grupo, con las familias de los alumnos y con el equipo educativo correspondiente. Forma parte del Proyecto Curricular. La aprobación corresponde al Claustro y la coordinación está a cargo del Jefe de Estudios. En los centros de Infantil y Primaria la Comisión de Coordinación Pedagógica elabora la propuesta de organización de la orientación educativa y del plan de acción tutorial. En los Institutos de Secundaria es elaborado por el Departamento de Orientación siguiendo las directrices de la Comisión de Coordinación Pedagógica.

Plan de Orientación Académica y Profesional (P.O.A.P): Marco en el que se especifican los criterios y procedimientos dirigidos a facilitar la toma de decisiones de los alumnos respecto a su itinerario académico y profesional. A tal efecto incluye: - Actuaciones dirigidas a que los alumnos valoren de una forma ajustada sus propias capacidades, motivaciones e intereses. - Actuaciones destinadas a facilitar la información suficiente al conjunto del alumnado sobre las distintas opciones educativas o laborales relacionadas con cada etapa educativa, y de manera especial sobre aquellas que se ofrezcan en su entorno. - Actuaciones que propicien el contacto del alumnado con el mundo del trabajo y puedan facilitar su inserción laboral. Forma parte del Proyecto Curricular de los Institutos de Secundaria. Es elaborado por el Departamento de orientación siguiendo las directrices de la Comisión de Coordinación Pedagógica. Su aprobación corresponde al Claustro.

Personalización: Principio de intervención educativa que exige tener en cuenta tanto las peculiaridades de los grupos como los ritmos de aprendizaje y desarrollo de los alumnos con el fin de adaptar los recursos didácticos a las diferentes situaciones de enseñanza aprendizaje. Exige considerar e integrar en el proceso educativo las dimensiones individual y social de la personalidad. La puesta en práctica de este principio puede materializarse en acciones diversas: - Técnicas de evaluación y orientación psicopedagógica que permitan conocer y apoyar a los alumnos. - Trazado de Proyectos Curriculares que contextualicen los programas oficiales en función de las características del medio socioeconómico, natural, cultural y familiar en que se desenvuelven los alumnos. - Estudio de las capacidades y conocimientos previos de los que parten los grupos, en general, y los alumnos en particular. - Programaciones y unidades didácticas abiertas a las diferencias de ritmo en los aprendizajes, de interés, de estilos cognitivos etc. - Utilización de las diferentes situaciones de aprendizaje que en el aula se pueden desplegar y que contribuyen a garantizar la confluencia entre sujeto y grupo: trabajo individual, trabajo en equipo, grupos coloquiales, etc.

Programas educativos de Garantía Social, actuales PCPI (Programas de cualificación Profesional Inicial): Oferta formativa dirigida a los alumnos de dieciséis años o más que no hayan superado los objetivos correspondientes a la etapa de Educación Secundaria Obligatoria o que se hallen desescolarizados. Persiguen, por tanto, dar respuesta educativa a los alumnos que no cuentan con la titulación correspondiente a la educación básica, proporcionando una formación general y profesional que facilite su inserción en la vida activa o la continuación futura de estudios, especialmente en la Formación Profesional Especifica de Grado Medio mediante prueba de acceso. Los Programas se organizan en distintas modalidades (Iniciación Profesional, Formación-Empleo, Talleres Profesionales y programas dirigidos a colectivos específicos), y bajo la competencia de administraciones y agentes sociales diversos: Administraciones educativas, Ayuntamientos y otras instituciones sociales (Organizaciones no Gubernamentales, Organismos empresariales, etc.).

Preconcepto: Representación que posee el alumno sobre algún aspecto de la realidad. Constituye el punto de partida en el proceso de aprendizaje.

Principios de intervención educativa: Fundamentos de la actividad educadora que se enmarcan en una concepción constructivista del aprendizaje y de la intervención pedagógica entendida en sentido amplio. No se identifican, por tanto, con una teoría precisa, sino con los enfoques presentes en diferentes referentes teóricos. Confieren unidad y coherencia a la intervención educadora en tanto que aseguran dicha coherencia tanto a nivel vertical (son aplicables a todos los niveles educativos) como a nivel horizontal (referente para todas y cada una de las áreas, materias o módulos). Se entiende que materializan estos requisitos de coherencia vertical y horizontal principios como partir del nivel de desarrollo del alumno, fomentar la adquisición de aprendizajes significativos e impulsar el desarrollo de la capacidad de aprender a aprender.

Procedimientos: Contenido del currículo referido a una serie ordenada de acciones que se orienta al logro de un fin o meta determinado. Se puede distinguir, en función de la naturaleza de las acciones que implican, entre procedimientos de componente motriz y de componente cognitivo. A su vez, los procedimientos pueden presentar distinto grado de generalidad, en función del número de acciones implicadas en su ejecución, de la estabilidad con la que tales acciones deban ser realizadas y del tipo de meta al se orientan. Este tipo de contenido básicamente engloba a las denominadas destrezas, técnicas y estrategias.

Programación de aula: Planificación y desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje referido a un grupo de alumnos especifico para una ciclo o curso determinado. Constituye el tercer nivel de concreción curricular. Las programaciones de área y materia establecen los objetivos, contenidos, experiencias de enseñanza aprendizaje, criterios metodológicos de selección de materiales y recursos didácticos, y criterios e instrumentos para la evaluación. Se definen a partir del marco de referencia establecido en el Proyecto Curricular, y mediante la contextualización de sus orientaciones en función de las características particulares de los alumnos a los que se dirige la intervención educativa. En las programaciones se establece una secuencia ordenada y coherente de las unidades didácticas o unidades de programación que serán desarrolladas a lo largo de curso o ciclo de referencia.

Programación General Anual: Documento que, para el periodo de un curso, planifica la actividad general del centro educativo. Incluye el horario general del centro y los criterios pedagógicos para su elaboración, el Proyecto Educativo y los Proyectos Cuniculares de la etapas o las modificaciones correspondientes de los que ya se hayan elaborado, la programación de las actividades complementarias y extraescolares para el curso escolar, y la memoria administrativa.Su elaboración corresponde al Equipo Directivo, si bien incluye documentos de planificación educativa cuya elaboración y aprobación es compartida por otros órganos de gobierno (p.e. Consejo Escolar, en el caso del Proyecto Educativo o Claustro en el caso de los Proyectos curriculares).

Proyecto curricular de etapa: Es el documento que materializa el proceso de torna de decisiones por el cual el profesorado de una etapa establece, a partir del análisis del contexto de su centro, acuerdos acerca de las estrategias de intervención didáctica que va a utilizar, con el fin de asegurar la coherencia de su práctica docente. En el Proyecto curricular de etapa se concretan y contextualizan las prescripciones de la Administración, teniendo en cuenta la peculiaridades de cada centro. Supone el segundo nivel de concreción del currículo y sus elementos básicos son: los objetivos generales de etapa, la secuencia de objetivos y contenidos que se trabajarán en cada ciclo, las decisiones metodológicas (principios, agrupamientos, tiempos, espacios, materiales) las estrategias y procedimientos de evaluación y las medidas de atención a la diversidad. El Proyecto curricular de etapa es aprobado por el Claustro de profesores.

Proyecto curricular de centro: concepto que designa la unión integrada y coherente del conjunto de los Proyectos curriculares de etapa de un centro. No supone, pues, la configuración de un documento especifico a partir de los ' Proyectos de Etapa. Si en el centro sólo existe una etapa, coinciden Proyecto curricular de etapa y de centro.

Proyecto educativo de centro: es el documento que recoge las decisiones asumidas por toda la comunidad escolar respecto a los aspectos educativos básicos y a los principios generales conforme a los cuales se orientará la organización y gestión del centro. Elementos propios del Proyecto Educativo son: - Las señas de identidad, o principios y opciones educativas básicas que se adoptan para el desarrollo de las actuaciones promovidas en el centro - Las finalidades en que se concretan tales principios y opciones (objetivos del centro) y la revisión a la luz de tales finalidades, de los objetivos generales del currículo de las etapas que se imparten en el centro - La definición de los mecanismos de colaboración con padres de alumnos y con otras instituciones, asi como la estructura organizativa y de gestión del centro. La formalización de este último aspecto quedarán concretado en el Reglamento de Régimen Interior. La propuesta de Proyecto educativo de centro es elaborado por el equipo directivo de acuerdo con los criterios establecidos por el Consejo Escolar y las propuestas realizadas por el Claustro. Su aprobación y evaluación corresponde al Consejo Escolar.

Reglamento de Régimen Interior: Conjunto de normas e instrucciones que regulan la organización de los centros y concretan en cada caso las disposiciones legales vigentes al respecto teniendo en cuenta las necesidades y estructura real de cada institución. Son sus componentes: la composición y funcionamiento de los distintos órganos de gobierno y gestión del centro, as( como su funcionamiento (miembros, constitución, convocatoria); los derechos y deberes de los distintos colectivos que componen la comunidad escolar, y los recursos (uso de espacios, salidas y excursiones, acceso al material...). El Reglamento de Régimen Interior es una parte del Proyecto educativo.

Recurso didáctico: Genéricamente se puede definir como cualquier medio o ayuda que facilite los procesos de enseñanza-aprendizaje, y por lo tanto, el acceso a la información, la adquisición de habilidades, destrezas, y estrategias, y la formación de actitudes y valores. Puede distinguirse entre recursos metodológicos (técnicas, agrupamientos, uso del espacio y el tiempo, etc.), recursos ambientales (p.e. vinculación de contenidos al entorno próximo) y recursos materiales. Estos últimos comprenderían tanto los materiales estrictamente curriculares, como cualquier otro medio útil no creado necesariamente para el ámbito docente (p.e. materiales no convencionales, tomados de la vida cotidiana, construidos por el propio alumno, etc.).

Técnica: Modalidad de recurso didáctico de carácter metodológico, que, próximo a la actividad, ordena la actuación de enseñanza y aprendizaje. Concreta los principios de intervención educativa y las estrategias expositivas y de indagación. Entre ellas podemos distinguir técnicas para la determinación de ideas previas (cuestionarios, mapas cognitivos, representaciones plásticas, etc.) y técnicas para la adquisición de nuevos contenidos (exposición oral, debate y coloquio, análisis de textos, mapas conceptuales).

Transversal (tema): Conjunto de contenidos referidos a sectores de conocimiento caracterizados por su alta relevancia social (están vinculados a la fuente sociológica del currículo) y por su relación con la educación en valores. Son los siguientes: educación moral y cívica, educación para la salud y educación sexual, educación del consumidor, educación para la igualdad de oportunidades de ambos sexos, educación ambiental, educación para la paz y educación vial. La idea de transversalidad sintetiza la forma en que están recogidos en los programas actuales: atravesando y recorriendo el currículo de las diferentes áreas y materias. Esta forma de abordarlos y tratarlos se considera renovadora en tanto que los planteamientos tradicionales parecían encomendar la responsabilidad de su tratamiento a las Ciencias Sociales, la Religión, la Ética, etc.

Tutor: Profesor que actúa como órgano de coordinación didáctica encargado de participar en el desarrollo del Plan de Acción Tutorial, de coordinar los procesos de evaluación de los alumnos de su grupo, de encauzar las necesidades, demandas e inquietudes de los alumnos, de informar a los padres acerca de los procesos de desarrollo y aprendizaje de los sus hijos y de facilitar la cooperación educativa entre el profesorado y los padres de los alumnos. El desarrollo de las funciones propias de la acción tutorial se considera un factor decisivo en la mejora de la calidad educativa.

Unidad didáctica: En el tercer nivel de desarrollo del currículo (Programación de aula), cada uno de los elementos que ordenan, desde planteamientos de aprendizaje significativo, la planificación a corto plazo del proceso de enseñanza-aprendizaje.

La unidad didáctica, a partir de un Proyecto Curricular especifico determina objetivos didácticos, criterios de evaluación, contenidos, recursos y actividades de enseñanza-aprendizaje.

Actitud: "Disposición de ánimo que hace reaccionar o actuar de una forma determinada delante de una idea, una persona o un hecho concreto. Implica la tendencia a la acción directa, a favor o en contra del objeto. Las actitudes, junto con los valores y las normas, constituyen uno de los tres tipos de contenidos de enseñanza establecidos en el curriculum". "Disposición interna de la persona a valorar favorable o desfavorablemente una situación, un hecho, etc.; Predisposición para actuar, tendencia estable a comportarse de determinada manera."

Actividades escolares: Ejercitaciones que forman parte de la programación escolar y que tienen por finalidad proporcionar a los alumnos la oportunidad de vivenciar y experimentar hechos o comportamientos tales como pensar, adquirir conocimientos, desarrollar actitudes sociales, integrar un esquema de valores e ideales y conseguir determinadas destrezas y habilidades especificas.Tipos de actividades escolares: A partir de las áreas de aprendizaje. Para los objetivos inmediatos que pretenden conseguir por ejemplo que desarrollan la capacidad de observación, de atención... Para las aptitudes implicadas: sensoriales, mentales... Según el grado de libertad de elección: espontáneas, optativas u obligatorias. Por el grado de autonomía en la realización: dirigidas, semidirigidas y autónomas. Según la didáctica utilizada predominantemente: actividades verbales, de observación, o de realización concreta. Según la situación de aprendizaje en orden a la socialización: individuales, grupales (pequeños o grandes grupos).

Actividades extraescolares: Es el conjunto de actividades concurrentes con las escolares en cuanto a la educación integral de los alumnos, pero desde perspectivas que la escuela no puede atender en su actividad normal. Características: Mantienen claras vinculaciones con la escuela. Se encaminan hacia el perfeccionamiento del alumno. Necesitan ser organizadas coherentemente. En su organización y funcionamiento han de estimular la participación libre y responsable de los alumnos. Exigen una vinculación estrecha de la sociedad y de elementos culturales con la actividad educativa. Deben dar contenido al tiempo libre del alumno. (L.Batanaz).

Actividades de desarrollo: Actividades por las que se va adquiriendo conocimientos nuevos. Son las actividades del continuo aprendizaje.

Actividades de evaluación: Actividades concretas con las que se evaluara a los alumnos para ver si han alcanzado los objetivos previstos.

Administraciones educativas: Las administraciones educativas son los organismos que dentro de una demarcación territorial de gestión tienen competencia educativa. Son administraciones educativas el Ministerio de Educación y Ciencia en su ámbito territorial de gestión y las Administraciones competentes de las distintas autonomías.

Acto didáctico: Es la actividad que pone en relación al que enseña con el que aprende (García Hoz). Características: • Es una comunicación interpersonal (se necesitan al menos dos personas). • Es una relación intencional y dinámica por parte del discente y docente. • Es una relación que tiene como finalidad conseguir los objetivos del proceso enseñanza-aprendizaje.

Acto Educativo: Acto sistemático e intencional que realiza el hombre y cuyo objetivo es la consecución del fin de la Educación, es decir, la perfección humana. Es un proceso que atiende al hombre en su totalidad e intenta conducirle hacia la realización y consecución de su proyecto personal de vida. Requiere la intervención y el contacto humano entre educador (actúa como facilitante) y el educando que es el que busca el contacto.

Adaptaciones curriculares: Las adaptaciones curriculares son decisiones relativas a la organización de los recursos dirigidos al análisis de los diferentes alumnos. Se busca la adaptación y organización de los elementos espaciales para conseguir así facilitar el aprendizaje y favorecer la autonomía y movilidad en el centro. "Forma de atención a la diversidad que prevé la LOGSE, basada en concreciones del currículo que permiten individualizar los procesos de enseñanza-aprendizaje para atender a los alumnos/as con necesidades educativas especiales. Consisten en la adecuación de los objetivos educativos, la eliminación o inclusión de determinados contenidos y la modificación de los criterios de evaluación, así como en la ampliación de las actividades educativas en determinadas áreas curriculares. Deben Ir precedidas de una evaluación de las necesidades educativas del alumno/a y de una propuesta curricular especifica". Las adaptaciones curriculares comprenderán la adecuación de los objetivos educativos, la eliminación o inclusión de determinados contenidos, la metodología que se va a seguir y la consiguiente modificación de los criterios de evaluación, asi como la ampliación de las actividades educativas de determinadas áreas curriculares. Estas adaptaciones curriculares tendrán como objetivo que los alumnos alcancen las capacidades generales propias de la Educación Primaria, de acuerdo con sus posibilidades. En todo caso las adaptaciones curriculares estarán precedidas de una evaluación de las necesidades educativas especiales del alumno y de una propuesta curricular especifica.

Alumno: Del latín alumnum. de alere, alimentar. El alumno es la persona, respecto del que la educó. Es el discípulo respecto de su maestro, de la materia, etc.; estudiante. Podemos hablar de varios tipos de alumnos: Alumno becario-» alumno que disfruta de una beca. Alumno colegiado-* es el que recibe la enseñanza en un colegio o centro reconocido. Alumno externo-» es el que sólo permanece en el centro de enseñanza durante las horas de clase. Alumno interno-» aquel que vive en el establecimiento donde recibe la enseñanza. Alumno mediopensionista-» es el que permanece en el centro de enseñanza durante toda la jornada escolar, almorzando en éste. Alumno libre-» es el que no cursa estudios en centros del estado, ni en colegios reconocidos o autorizados y que ha de examinarse ante los tribunales de los centros oficiales. También alumno universitario que ha obtenido la dispensa de escolaridad o que no asiste obligatoriamente a las clases de un centro, pero que tiene que examinarse ante los profesores o catedráticos del mismo. Alumno oficial-» es el que sigue la enseñanza en los colegios, institutos, universidades y demás centros del estado, con obligatoriedad de asistir a clase. Alumno oyente-» es aquel que obtiene del decano o catedrático la autorización para asistir a las clases y prácticas de los alumnos oficiales, para examinarse luego en calidad de alumno libre.

Antididáctica: En relación al contenido, el proceso instructivo puede ser entendido dentro de esta corriente como una tarea que comporta dos momentos fundamentales y dialécticos inseparables. La concienciación lleva consigo el compromiso de ruptura con las estructuras establecidas, por cuanto que estas son mecanismos de poder de la ideología dominante. En cuanto a la finalidad la antididáctica lucha por el cambio de estructuras de dominación, por la revolución total, no sólo didáctica, dentro del marco sociopolítico. Se propugna un cambio, en cuanto al acto didáctico, en la relación profesor-alumno-materia Se trata de romper todo vinculo dependiente del docente o el discente entre si y con la materia objeto de conocimiento.

Aprender: "Proceso mediante el cual el individuo adquiere conocimientos, conductas, habilidades y destrezas" Aprender es conocer una cosa por medio del estudio o de la experiencia. Es fijar algo en la memoria. Proviene del latín a prehendere = percibir.

Aprender a aprender: "Adquirir una serie de habilidades y estrategias que posibiliten futuros aprendizajes de una manera autónoma".

Aprendizaje: Todo aprendizaje supone la interiorización y reelaboración individual de una serie de significados culturales socialmente compartidos. La interacción con las personas y los objetos que subyace en todo proceso de aprendizaje, pasa necesariamente por el filtro de la cultura común y está mediatizada por la utilización de un determinado lenguaje. El aprendizaje actúa como motor del desarrollo de las capacidades intelectuales de la persona. Pero a su vez, y en una relación dialéctica, la posibilidad de asimilación de los contenidos culturales está estrechamente relacionada con el nivel de desarrollo conseguido y los conocimientos elaborados en experiencias anteriores. El aprendizaje se produce cuando un conocimiento nuevo se integra en los esquemas de conocimiento previos llegando incluso a modificarlos. Para que esto suceda, el alumno tiene que ser capaz de establecer relaciones significativas entre el conocimiento nuevo y los que ya posee. Esto implica que habrá de producirse un desajuste óptimo entre las competencias y conocimientos previos de los alumnos y la tarea propuesta, es decir, que ésta resulte lo suficientemente difícil como para constituir un desafío pero no tanto que resulte imposible de realizar. Implica también que los alumnos y alumnas accedan al nuevo conocimiento a través de una tarea que no sea arbitraria, sino que tenga sentido para ellos y pueda ser asumida intencionalmente, teniendo en cuenta los procedimientos y prácticas sociales que son habituales en cada contexto cultural. El trabajo cooperativo entre iguales favorece, la movilización de esquemas de conocimiento y el aprendizaje significativo, por cuanto provoca el enfrentamiento de puntos de vista y la aparición de conflictos socio-cognitivos.De esta manera puede asegurarse la funcionalidad del aprendizaje escolar, es decir, que las competencias y los conocimientos que se adquieran en el aula puedan ser utilizados en cualquier situación de la vida cotidiana que lo requiera.

Aprendizaje mecánico: "Aprendizaje en el que aquello que se aprende, generalmente de forma memorlstica y repetitiva, no es posible que sea utilizado de forma distinta o en situaciones diferentes a aquellos en las que se ha aprendido. Generalmente son aprendizajes poco sólidos, sin arraigo en la estructura cognitiva del sujeto y condenados, por lo general, al rápido olvido."

Aprendizaje por descubrimiento: "Aprendizaje en el que el alumno construye sus conocimientos de forma autónoma, sin la ayuda permanente del enseñante. Esta forma de entender el aprendizaje requiere un método de búsqueda activa por parte del que aprende, bien siguiendo un método inductivo, bien hipotético-deductivo."

Aprendizaje significativo: "Construcción de aprendizajes por parte del alumno, con la ayuda de la intervención del profesor, que relaciona de forma no arbitrarla la nueva información con lo que el alumno sabe."

Áreas curriculares: son "agrupamientos de los contenidos en ámbitos de experiencia de los niños y niñas." En el libro sobre Orientaciones Didácticas para la Educación Primaria (pág. 12, MEC 1992) se habla de las áreas curriculares de la manera siguiente: "Considerando las finalidades de la Educación Primarla y los objetivos generales que las concretan, se seleccionan y estructuran los contenidos de aprendizaje en áreas. Esta estructuración tiene por objeto facilitar al profesor la ordenación y planificación de su actividad docente, asi como recoger los contenidos aportados por las diversas disciplinas que están en la base de cada una de las áreas. Esto no significa que deban abordarse por separado en las propuestas de trabajo en el aula. En todo caso, es preciso integrar los contenidos de las distintas áreas en torno a ejes globalizadores". Las áreas curriculares de la Educación Primaria son: -Conocimiento del Medio Natural, Social y Cultural. -Educación Artística. -Educación Física. -Lengua Castellana y Literatura. -Matemáticas. -Lengua extranjera. "Las áreas curriculares son conjuntos de experiencias o conocimientos de disciplinas afines, que están interrelacionados y constituyen un ámbito del trabajo escolar".

Asignaturas: El termino asignaturas ha quedado relegado, con la Reforma, a un puesto secundarlo. En la actualidad en primaria no hay asignaturas sino áreas. Sólo se habla de asignaturas en 3 y 4 de la ESO.

Autoaprendizaje: También es conocido por ensayos y errores. En este tipo de aprendizaje falta la dirección del docente. Tampoco existe ningún tipo de estímulos afectivos como pueden ser los premios y los castigos. Lo único que actúa en este aprendizaje es la autosatisfacción personal.

Autoevaluación: La autoevaluación es la evaluación que realiza el alumno sobre su propia actuación con el fin de conocer y mejorar su proceso educativo.

Ayuda pedagógica: "Intervención del docente para guiar y orientar al alumno a fin de que éste pueda avanzar en su aprendizaje."

Bachillerato: En la estructura del sistema educativo que configura la LOGSE, el bachillerato es una etapa no obligatoria, dentro de la Educación Secundaria. En esta etapa, se pretende que los jóvenes adquieran madurez intelectual y humana asi como los conocimientos científicos y tecnológicos básicos de las materias que cursan y que tienen distintas características y funciones dentro del desarrollo curricular y del de las capacidades a desarrollar en la etapa. Esto es posible, porque sin pretender poder dar reglas fijas al respecto, se puede decir que el alumnado de bachillerato, que como mínimo debe tener 1 años, tiene bastante desarrollado el pensamiento formal, pudiendo desarrollar el pensamiento abstracto y el hipotético deductivo. El Bachillerato, en el marco del sistema educativo anterior, se configuraba básicamente como una etapa preparatoria para la consecución de posteriores estudios universitarios por lo tanto, era una etapa de transición. Dado ese carácter básicamente preparatorio para la Universidad tenia un carácter, por un lado, fuertemente academicista, y por otro elitista como camino casi obligado para acceder a las cotas más altas de la cultura y del poder social. El resultado de todo ello en muchos casos resultaba ser que, el alumnado que cursaba el bachillerato y que por cualquier causa no continuaba o no terminaba estudios universitarios, se encontraba con una nula preparación para incorporarse al mundo laboral. Entre los objetivos del bachillerato no se encontraba el de obtener una preparación base para la incorporación a la vida activa. El bachillerato que configura la LOGSE, se caracteriza por: Su carácter preparatorio. No sólo prepara para posteriores estudios universitarios sino también para acceder a la formación profesional de grado superior, y a la vida activa. Por ello proporciona una formación profesional de base al alumnado y una formación más práctica que relaciona los aspectos teóricos de las materias con sus aplicaciones prácticas. Su valor formativo, en relación con el carácter terminal de la etapa, proporcionara al alumnado que lo curse los medios para lograr una madurez intelectual y humana as( como una formación versátil que permita adaptarse con facilidad a los múltiples cambios que se producen tan rápidamente en nuestra sociedad actual. Su carácter orientador al dar respuesta a los diversos intereses del alumnado a través de un bachillerato más flexible en su estructura y en el que el alumnado configura en cierta medida su itinerario educativo. Los objetivos de esta etapa están relacionados con los objetivos de la etapa anterior, la Educación Secundaria Obligatoria, desarrollando las capacidades del alumno acorde con su edad y profundizando en los contenidos científicos y tecnológicos de las materias que componen los dos cursos del Bachillerato.  La LOGSE de forma general señala para todas las etapas la necesidad de aplicar una metodología activa, y la necesaria participación del alumnado en el proceso de enseñanza-aprendizaje. En concreto para el bachillerato indica que la metodología favorecerá en los alumnos y las alumnas la capacidad para aprender por si mismos, para trabajar en equipo y para aplicar los métodos de la investigación. De igual modo subraya que esta deberá relacionar de los aspectos teóricos de las materias con sus aplicaciones prácticas en la sociedad. Por lo tanto es importante continuar con una metodología que desarrolle aprendizajes significativos. El bachillerato es una etapa de dos años de duración y todo el alumnado que accede a él ha cursado dos años más de educación obligatoria que en el sistema educativo anterior. Existen cuatro modalidades de bachillerato, de Artes, de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud, de Ciencias Humanidades y Ciencias Sociales y tecnológica. Estas cuatro opciones proporcionan unos estudios de bachillerato que atienden a la diversidad de intereses y capacidades del alumnado, aún cuando tiene una única concepción para las cuatro modalidades. Independientemente de la modalidad cursada, una vez superados los dos años se obtiene un único titulo de Bachiller. Además, el bachillerato se configura flexible y transitable, permitiendo que el alumnado pueda modificar su opción inicial con el menor costo académico posible. También, el bachillerato debe responder a su triple función formativa, preparatoria y orientadora. Para ello en su estructura se configuran tres tipos de materias: las materias comunes, las materias de modalidad y las materias optativas. Salidas del Bachillerato: El Artículo 29.2 de la L.O.G.S.E. señala que el título de Bachiller permitirá acceder a la Formación Profesional de grado superior y a los estudios universitarios. También permitirá acceder a los grados y estudios superiores de las enseñanzas artísticas, previa superación de la correspondiente prueba. El Bachillerato es, pues, la vía normal de acceso a estudios posteriores, sean universitarios o de formación profesional. Pero se trata de un tránsito no automático, sino bajo determinadas condiciones que, por otra parte, son diferentes en cada caso. Así, para acceder de forma directa a la Formación Profesional de grado superior, además del título de Bachiller, puede resultar necesario haber cursado determinadas materias de bachillerato, según el ciclo que vaya a cursarse. Para acceder a la Universidad habrá una prueba de acceso a la misma. Dicha prueba de acceso tendrá carácter único, cualquiera que sea la modalidad de Bachillerato seguida por el alumno o la alumna y versará sobre los contenidos de las materias de Bachillerato establecidos reglamentariamente.

B.O.E: Boletín Oficial del Estado. Publicación donde se recogen todas las propuestas, decisiones y leyes del Estado.

Cajas Rojas: Las Cajas Rojas contienen los materiales para la Reforma que el Ministerio envía a todos los centros de acuerdo con el nuevo curriculum establecido para ayudar al profesorado a preparí la elaboración del proyecto curricular.

Capacidades: Las capacidades son aquellas aptitudes que el alumno ha de alcanzar para conseguir un desarrollo integral como persona. En el currículo de una etapa educativa, los objetivos generales de etapa y de área vienen expresados en términos de capacidades. "Aptitud para hacer, conocer, sentir. Los objetivos del curriculum de la Reforma se formulan en términos de capacidades que hay que desarrollar. Estas capacidades deben ser de distintos tipos: cognitivas, psicomotrices, de autonomía y de equilibrio personal, de interrelación personal, y de Inserción social." Son cinco: Cognitiva. Psicomotriz. Afectiva. Inserción social. Comunicación.

Carácter abierto: El carácter abierto del curriculum concede gran importancia a las diferencias individuales y al contexto social, cultural y geográfico en el que se aplica el programa. Se basa en una interacción permanente en el sistema y su entorno, integrando las diferencias externas en el propio desarrollo del proceso educativo, que está abierto a un continuo proceso de revisión y reorganización. Lo importante, pues, no está en el resultado del aprendizaje, sino en el proceso. Los objetivos están definidos en términos generales para dar cabida a las modificaciones continuas del programa. La evaluación se basa en la observación del proceso de aprendizaje con el fin de determinar el nivel de comprensión del contenido y la utilización del conocimiento en nuevas situaciones. Un curriculum abierto tiene la ventaja de garantizar el respeto a los diferentes contextos de aplicación a la vez que implica creativamente al profesor en el desempeño de su labor profesional. El carácter abierto del curriculum debe complementarse con la preocupación de hacerlo accesible a la mayoría de los profesores facilitando su uso como elemento de programación. Pero este curriculum abierto también tiene sus lados un poco más negativos como por ejemplo: Resulta más difícil conseguir una relativa homogeneidad en el curriculum para toda la población (aspecto deseable sobre todo en la enseñanza obligatoria). Exige de los profesores un esfuerzo y un nivel de formación muy superiores, pues les otorga la tarea de elaborar sus propias programaciones.

Carácter Propio: "Define la identidad de un centro privado y el tipo de educación que se ha comprometido a impartir; es decir, describe un ideal de escuela y un ideal de educación, y no tanto la realidad del centro. Es estable y el titular del centro tiene derecho a establecerlo."

Centros de interés: El precursor del método de los centros de interés fue Ovide Decroly, médico y pedagogo belga (1871-1932), que se ha convertido en uno de los autores más significativos de la educación infantil actual. Los centros de interés son elegidos por los propios maestros/as, una vez analizadas las necesidades vitales de los niños/as, teniendo presente sus características evolutivas. Así pues, si dichos centros de interés (Cl) satisfacen sus necesidades, al ser presentados en el aula surgirá el interés en los alumnos, produciéndose la motivación y posteriormente el aprendizaje. Según Decroly tres serian los pasos en el desarrollo de los centros de interés: La observación. Dicha observación debe servir como punto de partida del proceso de enseñanza/aprendizaje. Si esta observación es directa es mucho mejor. La asociación. En este punto se establecerían relaciones espaciales, temporales, afectivas... Por ultimo, la expresión de lo asimilado. Esto se puede conseguir mediante la plástica, la escritura, el canto... La utilización de este método se recomienda, sobre lodo, en el primer ciclo de Educación Primaria. Asi se consigue una mayor continuidad con la práctica educativa que se desarrolla en la Educación Infantil, es que los centros de interés constituyen una de las metodologías más extendidas en la Educación Infantil. En la elección de los centros de Interés el maestro/a debe tener en cuenta la realidad que rodea tanto al centro como a los alumnos, para conseguir que sean verdaderamente Interesantes para los alumnos y que estos se sientan identificados con los temas que se plantean, es que los chicos siempre mostraran más Interés en algo que tienen "al alcance de su mano" que en algo que saben que existe, pero que no conocen personalmente. Centros de Interés que tradicionalmente se trabajan: el cuerpo humano (partes y funcionalidad e higiene personal); la familia; la casa; los medios de transporte; los medios de comunicación; los animales; las plantas; las tiendas; el colegio; los alimentos; la ciudad y el pueblo; los vestidos; el barrio; la Navidad; el carnaval; los juegos y juguetes;....

Ciclos educativos: "Unidad curricular temporal de programación y evaluación, que en la Educación Infantil abarca tres años y, en la Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, dos años".

Claustro: El claustro es el órgano propio de la participación de los profesores/as en el centro. Está integrado por todos los profesores/as que trabajan en éste, presidiéndolo el director del centro.

Concepto: "Contenido de aprendizaje referido al conjunto de objetos, hechos o símbolos que tienen cierta características comunes. Los conceptos constituyen uno de los tipos de contenido."

Conflicto cognitivo: Situación que se produce en el aprendizaje caracterizada por la contradicción entre lo que el sujeto sabe y entiende de la realidad y la nueva información que recibe, produciendo un choque en su estructura cognitiva que conduce a la modificación de la misma."

Conocimientos previos: "Conocimientos que tiene el alumno o alumna y que es necesario activar por estar relacionados con los nuevos contenidos de aprendizaje que se quiere enseñar"

Consejo escolar: "Órgano de gobierno representativo de la comunidad educativa de los centros docentes sostenidos con fondos públicos."

Contenidos: "Lo que enseña el objeto de aprendizaje. El curriculum de la Reforma del Sistema Educativa distingue entre tres tipos de contenido: conceptos, procedimientos y actitudes. Estos tres tipos de contenido son igualmente importantes, ya que colaboran en la adquisición de las capacidades señaladas en los objetivos generales del área." Uno de los objetivos que ha de seguir un maestro consiste en ajustar los contenidos que se han de aprender a la situación y posibilidades de los alumnos/as. El término contenidos se refiere a los objetos de enseñanza-aprendizaje que la sociedad considera útiles y necesarios para promover  el desarrollo personal y social del individuo. Esta acepción destaca dos dimensiones esenciales de los contenidos: el papel que desempeña la sociedad en la definición de lo que merece la pena aprender, y el carácter instrumental de esos objetos de aprendizaje en el desarrollo integral de alumnos y alumnas. Lo que la sociedad actual considera como objeto de aprendizaje, desborda ampliamente el marco de lo que, tradicionalmente se ha entendido por contenidos. Junto al aprendizaje de datos, informaciones, hechos y conceptos, se destaca hoy la necesidad de entender, también como contenidos, el conjunto de procedimientos a partir de los cuales se construye el conocimiento, y asimismo, el sistema de actitudes, valores y normas que rigen el proceso de elaboración de la ciencia y la vida en sociedad. La incorporación al campo de lo factual y conceptual, de procedimientos, actitudes y valores como contenidos de pleno derecho, enfatiza su importancia cualitativa en la formación integral de los alumnos y alumnas, y supera la concepción reduccionista sobre el qué enseñar diversificando y enriqueciendo la oferta educativa. La tipificación de los contenidos en relación con estos tres tipos de conocimiento, responde exclusivamente a una perspectiva analítica capaz de orientar la planificación y revisión de la actividad docente. En la práctica educativa, sin embargo, el tratamiento de hechos y conceptos es indisociable de los procedimientos y actitudes correspondientes. Esta visión integrada de los contenidos, según la cual el aprendizaje de conceptos supone simultáneamente el de los  Procedimientos y valores implicados, es coherente con el desarrollo armónico de la persona, que constituye uno de los objetivos básicos de la educación Es por esta razón, que el diseño que se adopta en la presentación de los contenidos de las distintas reas curriculares responda tanto a esta necesidad de contemplar contenidos de hechos, procedimientos y actitudes, como a la intención de establecer relaciones sustantivas entre ellos dentro de una visión integradora del acto didáctico. Los contenidos escolares deben establecerse, también, a partir de un análisis de la estructura interna de los distintos campos del saber, que destaque cuáles son sus conceptos y procedimientos básicos, y aquellos modelos o teorías con mayor potencialidad para explicar la realidad. Estos campos del conocimiento culturalmente elaborado, deben trascender una concepción excesivamente clásica del saber académico que permita tratar nuevas problemáticas sociales en la oferta educativa que se configure. De este modo, temas como la Educación para la Salud, la Educación Ambiental, las Nuevas Tecnologías, la Educación para la Paz, la Coeducación, la Educación del Consumidor y Usuario, la Educación Vial, y cuantos otros surjan a lo largo de la historia educativa y social de una comunidad educativa, no se convertir n en temas ajenos, yuxtapuestos, al curriculum que se desarrolla en un centro, sino que formarán parte de cada una de las áreas que lo articulan, además de poder ampliar, en otros casos, la oferta educativa que, en materia de opcionalidad y diversificación curricular, habrá de realizarse. La utilidad de los contenidos como medio para la consecución de los objetivos, no depende sólo de una adecuada selección, sino también, y en igual medida, de una organización que facilite su aprendizaje. Los criterios básicos que deben regir esta última, se refieren de nuevo e las características cognitivas de los alumnos y alumnas, y a la especificidad de los distintos campos del saber. Desde esta doble perspectiva, es necesario recordar que la lógica organizativa que subyace en los esquemas de conocimiento de los alumnos y alumnas entre los seis y doce años, difiere significativamente de la lógica propia del conocimiento científico. En este sentido, la organización de contenidos en esta etapa educativa, debe poseer un carácter integrador o globalizado, situándose así más cerca de la forma en que los alumnos y alumnas, en estas edades, se enfrentan al conocimiento y vivencia de su entorno, abordando los temas tal y como en él se plantean y siempre considerados en una perspectiva predisciplinar del conocimiento científico y socialmente organizado.

Contexto: A la hora de realizar cualquier proyecto, sobre todo el Proyecto curricular de centro hay que tener en cuenta tanto la realidad extraescolar que rodea la actividad educativa tanto la misma realidad escolar. Al hablar de realidad extraescolar nos estamos refiriendo a: Entorno -> situación geográfica, situación política y administrativa, situación económica, medios sanitarios, costumbres y tradiciones, medios culturales y condicionantes lingüísticos. La familia -> nivel socioeconómico, nivel cultural, profesión, edades, números de miembros, grado de participación social, interés por los estudios y futuro de sus hijos. Al hablar del contexto escolar nos estamos refiriendo a: El centro escolar -> estructura arquitectónica del centro, recursos y medios materiales; números de aulas de otras dependencias, mobiliario, servicios de calefacción, limpieza, etc. , servicios higiénicos, iluminación... Organización del profesorado -> números de profesores y sus expectativas, especialidades y situación administrativa, participación en los órganos de gobierno, relación con padres y alumnos, participación en actividades (extraescolares, de innovación, de perfeccionamiento)... Organización del alumnado -> procedencia, números de aulas y alumnos por nivel, organización del ciclo, alumnos diferentes (actividades de apoyo), interés, características (afectivas, sociales, cognitivas, psicomotrices)... • Padres -> se mira su participación en el Consejo Escolar, visitas, salidas y excursiones talleres, actividades extraescolares,...

Criterios de evaluación: Los criterios de evaluación proporcionan una información sobre los aspectos a considerar para determinar el tipo y grado de aprendizaje que hayan alcanzado los alumnos y alumnas, en cada uno de los momentos del proceso, con respecto al avance en la adquisición de las capacidades establecidas en el curriculum. El nivel de cumplimiento de los objetivos no ha de ser establecido de manera rígida o mecánica a través de una mera contrastación inmediata, sino con la flexibilidad, diversidad y riqueza de matices que se derivan de una observación minuciosa de las diversas circunstancias y contextos socio-culturales y personales en que se produce la evolución de los distintos alumnos dentro del proceso de enseñanza-aprendizaje. Deben tener en cuenta los distintos tipos de contenidos de manera integrada (conceptuales, procedimentales, actitudinales) y han de guiar la concreción y secuenciación de criterios en cada ciclo y aula, según lo que expliciten los proyectos curriculares realizados por la comunidad escolar y, así mismo, deben ser aplicados considerando la diversidad de características personales y socioculturales de alumnos y alumnas. En función de todo ello, su aplicación hará posible matizar las diversas posibilidades de acercamiento óptimo a los objetivos y capacidades que prescribe el curriculum. Los criterios de evaluación deben funcionar, pues, como reguladores de las estrategias de enseñanza puestas en juego, según las necesidades o desajustes detectados, y como indicadores de la evolución de los sucesivos niveles de aprendizaje de los alumnos. Esta evolución de los aprendizajes, de acuerdo al desarrollo efectuado en cada una de las intenciones educativas propuestas, relaciona, en cierto sentido, los criterios de evaluación con aquellas orientaciones y decisiones que los equipos de profesores deberán explicitar para la promoción de un ciclo a otro. En los proyectos curriculares quedarán establecidos estos criterios de promoción, atendiendo al principio de que la mera repetición o permanencia de un alumno o alumna en un ciclo cursado, debe ser un recurso excepcional, posterior al empleo de otros recursos, y sólo utilizado cuando existan garantías razonables de que puede contribuir a una solución efectiva de las dificultades planteadas.

Cultura: "Conjunto de maneras de vivir y de pensar de un grupo humano en particular" Es el cultivo en general de las facultades humanas especialmente. Cultura es el conjunto de conocimientos adquiridos por una persona bajo la acción del medio social. Ese conjunto de conocimientos, valores, creencias, etc. que forma la cultura condiciona el modo de vida y las costumbres de un grupo social o una época. "Segün Colé  (1984) cultura engloba múltiples aspectos: conceptos, explicaciones, razonamientos, lenguaje, ideología, costumbres, valores, creencias, sentimientos, intereses, actitudes, pautas de conducta, tipos de organización familiar, laboral, económica, social, tecnológica, tipos de hábitat, etc. En el transcurso de su historia los grupos sociales han encontrado numerosas dificultades y han generado respuestas colectivas para poder superarlas; la experiencia así acumulada configura su Cultura."

Curriculum: Según la LOGSE, titulo preliminar art.4.1 curriculum es el conjunto de objetivos, contenidos, metodologías y criterios de evaluación de un nivel o etapa educativo. El curriculum como proyecto en que se concretan las intenciones educativas, une a la dimensión sociológica y axiológica, una segunda de carácter científico-técnico que lo convierte en un instrumento capaz de guiar eficazmente la práctica educativa del profesorado. En ese sentido, incluye una serie de prescripciones y orientaciones en relación con las capacidades que deben desarrollarse en los alumnos y alumnas, los aspectos culturales básicos para el proceso de socialización, y aquellos elementos y estrategias que faciliten el aprendizaje y la evaluación del proceso de enseñanza. Para que el curriculum pueda ser una guía eficaz de la práctica educativa ha de hacer explícitos los supuestos axiológicos y científicos que lo fundamentan. Sólo de esta forma resultar significativo para el profesorado, que podrá proceder a su experimentación y reelaboración crítica. Desde esta perspectiva el curriculum aparece como un conjunto de propuestas de acción y de hipótesis de trabajo contrastables en la práctica educativa. Constituye, así, un instrumento que permite al profesorado desarrollar y revisar su propia actividad desde un marco de referencia actualizado y científico, a la vez que contribuye eficazmente a la innovación educativa.

Curriculum implícito: Además de las Intenciones explícitamente formuladas en el currículo hay otros elementos no explícitamente formulados que constituyen el currículo implícito. Está constituido por todo aquello que la escuela ofrece, o deja de ofrecer, al margen de las intenciones de las instancias que determinan del currículo, o al margen, al menos, de las declaraciones e tales intenciones. Los elementos curriculares implícitos no deben ser siempre negativamente valorados.

Curriculum único: Desde una perspectiva estrictamente curricular, se caracteriza al curriculum como único para toda la enseñanza obligatoria, al mismo tiempo que se le concibe lo suficientemente abierto y flexible como para hacer posible su adaptación a cualquier contexto o situación específicos. Que el curriculum sea único significa que constituye un marco de referencia común en el que ha de inscribirse cualquier proyecto y desarrollo curricular. Esto se justifica por la necesidad de garantizar que toda intervención educativa tienda a desarrollar unas mismas capacidades en (oda la población escolar y por la necesidad de asegurar la continuidad y la progresión coherente de la enseñanza a lo largo de las sucesivas etapas educativas. Pero no es obstáculo para que en caso de que se considere necesario, se arbitren las medidas oportunas -de contextualización, de apoyo, de adaptación- que permitan a cualquier alumno alcanzar su nivel de desarrollo óptimo. El curriculum único no implica una homogeneización de la práctica educativa. Tiene que ofrecer principios y criterios válidos de carácter general y, por consiguiente, debe presentar un nivel de generalidad tal que habrá de requerir su posterior desarrollo y concreción por parte de los distintos equipos de profesores. Son éstos quienes han de adaptarlo a las características peculiares de cada contexto y qrupo de alumnos. De esta manera, no sólo se respeta el pluralismo cultural y la diversidad de capacidades e intereses de alumnos y alumnas, sino que se reconoce al profesorado un amplio margen de autonomía profesional en las tareas de diseño y desarrollo curricular.

D.C.B: El diseño Curricular Base expresa intenciones educativas. Este Diseño pretende: La educación social y moral de los alumnos, en la medida en que contiene una educación para las actitudes y los valores, que ha de permitir opciones responsables de los niños y adolescentes dentro del pluralismo característico de la sociedad moderna respetando al mismo tiempo los valores y creencias de otras personas y otros grupos sociales. Una educación no discriminatoria, antes al contrario, orientada a la igualdad de las personas y de sus posibilidades de realización, cualesquiera que sean sus condiciones personales y sociales, de sexo, capacidad, raza u origen social, tratando de eliminar los estereotipos sexistas, raciales y otros que persisten todavía en nuestra sociedad. La apertura de la escuela al entorno, a las realidades sociales que la rodean, y también al progreso de la cultura en sus distintas manifestaciones, apertura que aparece en la Incorporación de nuevos contenidos en el currículo, nuevas tecnologías de la educación, nuevos lenguajes y, en general, atención a las exigencias de una sociedad altamente desarrollada. En coherencia con esta línea, el currículo se propone incorporar Las Nuevas Tecnologías de la información como contenido curricular y también como medio didáctico." La perspectiva de este documento es esencialmente didáctica. Las Comunidades autónomas con competencias educativas han de desarrollar y completar el Diseño Curricular Base. El Diseño Curricular Base es un documento abierto y flexible para su adaptación a diferentes situaciones y según contexto y realidades educativas.

Departamentos de Orientación: Son funciones de los mismos: Coordinar la elaboración, realización y evaluación del plan de Orientación y Acción Tutorial del Centro. Asesorar al profesorado en relación con las medidas para la atención a la diversidad del alumnado: adaptaciones curriculares individuales o grupales, programas de refuerzo educativo, criterios de evaluación y promoción de alumnos, programas de diversificación curricular, programas de garantía social, etc. Fomentar la cooperación del Centro con las instituciones sociales y el mundo productivo del entorno a fin de preparar a los alumnos para la vida profesional activa. Elaborar actividades, estrategias y programas de orientación escolar, personal y profesional. Efectuar la evaluación psicopedagógica de los alumnos y alumnas que desarrollarán programas de diversificación curricular y garantía social. Proporcionar instrumentos educativos que permitan el mejor conocimiento de las circunstancias del alumnado en orden a ofrecer una educación ¡integradora, con especial atención hacia los alumnos con dificultades de aprendizaje. Asesorar en cuestiones prácticas de organización y agrupamiento de los alumnos, en especial con respecto al tratamiento flexible de la diversidad de aptitudes intereses y motivaciones. Orientar en relación con actividades y procesos de evaluación, recuperación y promoción, así como en el asesoramiento sobre futuros estudios de los alumnos.

Didáctica: "Didáctica es la ciencia que estudia (perspectiva-estática) y elabora (perspectiva-dinámica) teorías práctico-normativo-decisionales sobre la enseñanza" Didáctica es una ciencia que orienta y dirige la educación. Puede distinguirse una didáctica general, que trata de la enseñanza escolar en general bajo cualquier aspecto, da normas y principios y estudia fenómenos, leyes, etc., y una didáctica especial, dedicada a estudiar las cuestiones que plantea cada una de las disciplinas consideradas como asignatura. La didáctica está tan íntimamente vinculada a las otras ciencias de la educación (pedagogía, psicología y metodología) que muchas veces resulta difícil separarla de ellas. Podemos distinguir, según Lorenzo Delgado (1979), tres grandes corrientes en la Didáctica actual. Estas tres corrientes son: didáctica clásica, didáctica tecnológica y antididáctica.

Didáctica clásica: La didáctica clásica o tradicional pone énfasis en los contenidos y, consecuentemente en la persona que ha de transmitirlos; queda relegado, por tanto, el protagonismo del alumno.

Didáctica tecnológica: Corriente que considera el Acto Didáctico como la introducción de los recursos tecnológicos en la transmisión didáctica, es decir, es utilizar la tecnología en la enseñanza.

Educación: La educación consiste en un conjunto de prácticas o actividades ordenadas a través de las cuales un grupo social ayuda a sus miembros a asimilar la experiencia colectiva culturalmente organizada y a preparar su intervención activa en el proceso social. La educación escolar tiende a desarrollar en los niños y niñas las capacidades y competencias necesarias para su participación activa en la sociedad. Este desarrollo no es un simple despliegue de posibilidades predeterminadas por la herencia biológica. Se produce, básicamente, como resultado del aprendizaje que tiene lugar a través de la continua interacción con el medio. La educación es una construcción social que configura, en buena medida, el futuro colectivo y garantiza la necesaria adaptación a las situaciones nuevas generadas por los cambios propios de nuestro tiempo. La estrecha relación que se establece entre educación y desarrollo individual y social justifica la importancia que las sociedades modernas y desarrolladas otorgan a sus sistemas de enseñanza. Tan Importante resulta la dimensión individual de la educación según la cual la persona desarrolla sus capacidades y se sitúa ante la realidad de manera activa, critica y constructiva, como la dimensión colectiva, que ayudará a definir y ejercitar los valores y normas que hacen posible la vida en sociedad. La educación es considerada como un derecho social y, por tanto, se dirige a todos los ciudadanos en un plano de igualdad con ausencia de cualquier discriminación. Por ello se concibe una formación básica común para todos que se organiza de forma comprensiva. Al mismo tiempo la necesidad de adaptarse a las diferencias existentes en los intereses de los alumnos, sus capacidades y necesidades, aconseja la implantación de una progresiva diversificación en los contenidos. La educación, que se pretende ¡integradora y no discriminatoria debe asumir el compromiso de dar respuesta a la complejidad de Intereses, problemas y necesidades que se dan en la realidad educativa. Esta perspectiva será fecunda en la medida en que contribuya a compensar desigualdades y hacer efectivo el principio de igualdad de oportunidades. "Proceso y seguimiento de asimilación y desarrollo de conceptos, conductas, valores y patrones de comportamientos exclusivo del ser humano y necesario para su integración en la sociedad".

Educación Especial: El Real Decreto introduce un nuevo concepto de educación especial. Si en anteriores textos legales se definía como la educación que reciben algunas personas en razón de su propia discapacidad, con unos objetivos, estructura, duración y currículo diferentes de los establecidos para todos los alumnos, el Real Decreto 334/1985 de Ordenación de la Educación Especial, partiendo del derecho de todas las personas a la educación, define la educación especial como una parte integrante del sistema educativo y la concreta como el conjunto de apoyos y adaptaciones para que estos alumnos y alumnas puedan hacer realmente efectivo su derecho a la educación. Es importante subrayar que, al adoptar esta perspectiva, se estaban dando los primeros pasos para cambiar también el enfoque y las prioridades de la educación especial y se empezaban a asumir los importantes y complejos retos que este cambio conlleva. En este nuevo planteamiento de la educación especial ya no se trata tanto de diagnosticar las "deficiencias" de los alumnos y alumnas, para prescribir después una intervención que muchas veces termina centrándose solamente en la rehabilitación de las limitaciones diagnosticadas, como de analizar cuáles son las ayudas pedagógicas que aquéllos requieren para progresar, en función de sus necesidades especiales, hacia los grandes objetivos educativos marcados para lodos los alumnos, a no se trata tanto de preparar a un profesorado especializado con la responsabilidad exclusiva de la educación de este alumnado en centros igualmente especiales, como de prever los medios y apoyos necesarios para que todo el profesorado, individual y colectivamente, pueda acometer la tarea de adaptar los proyectos educativos y curriculares y las programaciones de aula, con el objeto de que todos los alumnos participen en la vida del centro de acuerdo con sus posibilidades y necesidades. Al mismo tiempo e indirectamente, el nuevo planteamiento de la educación especial fuerza al propio sistema escolar a cambiar la estructura y el diseño del currículo oficial para que pueda adaptarse efectivamente a las demandas de flexibilización que este alumnado reclama. La educación de los alumnos con minusvalía debe llevarse a cabo, siempre que sea posible, en centros ordinarios con los apoyos necesarios, destinándose los centros de educación especial solamente a aquellos alumnos y alumnas afectados cuya gravedad no permita una adecuada respuesta en los centros ordinarios; en segundo lugar, que se adopta lo establecido en el sistema general como referente de la ordenación académica de la educación especial en los aspectos de edad, objetivos generales de la educación, continuidad de la escolaridad, acceso a las diferentes etapas educativas y acreditación de estudios cursados; y, en tercer lugar, que se precisan los apoyos y ayudas técnicas que deben recibir los alumnos y alumnas con necesidades especiales para asegurar su proceso educativo.

Educación Infantil: La Educación Infantil se configura como una verdadera etapa educativa a partir de la nueva Ordenación del Sistema Educativo, perdiendo asi el carácter de guarda y custodia que hasta ese momento habla tenido. Son varias las razones que, desde el punto de vista social, se pueden aducir para justificar esta nueva configuración. La demanda de los niños y las niñas de tener un lugar de relación, organización y espacios adecuados a sus necesidades. El carácter compensador del centro educativo frente a algunas carencias socio-familiares. La incorporación de la mujer al trabajo. La Educación Infantil persigue el doble objetivo de potenciar al máximo las posibilidades de desarrollo del alumnado y de dotarlo de las competencias, destrezas, hábitos y actitudes que puedan facilitar su posterior adaptación a la Educación Primaria: En el ámbito del desarrollo motor, el alumnado ajusta su actuación a las posibilidades y limitaciones del momento evolutivo en que se encuentra. En el ámbito del desarrollo cognitivo. el profesorado le facilita el acceso a una representación crecientemente objetiva, ordenada y coordinada de la realidad. En cuanto a la evolución lingüística, se le estimula y orienta el tránsito a la convencionalidad (léxica, gramatical y sintáctica) y a la interiorización del lenguaje. En el ámbito de las relaciones interpersonales y de la actuación y la inserción social, se contribuye, desde la etapa, al desarrollo de la identidad personal y al fomento de comportamientos solidarios, así como de actitudes alejadas de estereotipos relacionados con el sexo o con las diferencias de raza u origen. En cuanto al equilibrio personal, la Educación Infantil propone desarrollar y afianzar sentimientos de autoestima y de confianza, así como de seguridad en las relaciones con sus iguales y con las personas adultas. Por tanto, el objetivo primordial de Educación Infantil se concreta en estimular el desarrollo de todas las capacidades del alumnado: físicas, afectivas, intelectuales y sociales. La etapa de Educación Infantil se configura en dos ciclos: 1er. ciclo: 0-3 años; 2º. ciclo: 3-5 años. Desde el primer ciclo, se favorece: La autonomía motora. El control corporal. El acceso a las convenciones del lenguaje. El descubrimiento de los rasgos más sobresalientes del entorno inmediato. El descubrimiento de la identidad personal. Las pautas elementales de convivencia y relación. Desde el segundo ciclo, se favorece: El control de la motricidad. El desarrollo del lenguaje. El fomento de otras formas de expresión y comunicación. El estimulo de la curiosidad, observación y creatividad.   El descubrimiento de las características y propiedades del medio físico y social. La elaboración de una imagen positiva y equilibrada de sí mismo. Las relaciones sociales. El desarrollo de actitudes y hábitos que fomenten el cuidado del propio cuerpo y la conservación del entorno. El desarrollo de actitudes de respeto y tolerancia. Los contenidos educativos de esta Etapa se organizan en tres áreas o ámbitos de experiencia y se abordan a través de actividades globalizadas que tienen interés y significado para los alumnos: 1 Identidad y autonomía personal. 2.Medio físico y social. 3.Comunicación y representación. La incorporación de los niños por primera vez a la escuela infantil supone una ruptura con su pequeño mundo y la entrada en otro más amplio, situación que es vivida, con frecuencia, de forma angustiosa tanto por la familia como por los niños y las niñas. Por este motivó, el centro planificará el periodo de adaptación estableciendo las condiciones materiales y humanas necesarias e informando de ellas a la familia. Debemos tener en cuenta que el niño, cuando entra en contacto por primera vez con la escuela, no lo hace carente de unos conocimientos, hábitos, destrezas y actitudes ante la vida, sino con un bagaje familiar, social, cultural, etc., que en todo momento e I profesorado habrá de respetar, y, en consecuencia, planificar todas las actividades del alumnado a partir de ese momento evolutivo individual, teniendo en cuenta siempre, que han de sentirse motivados y que han de relacionar lo que aprenden con sus conocimientos previos. Las principales fuentes de aprendizaje en la escuela infantil han de ser, básicamente, el juego, la acción y la experimentación en un ambiente de afecto y confianza. La escuela infantil debe permitir y potenciar que el alumnado construya y aplique sus propios esquemas de conocimiento.

Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos es el nombre de una asignatura diseñada para el último ciclo de la Educación Primaria y toda la Secundaria en España por el Parlamento Español (viene fijada por la Ley Orgánica de Educación), y que consiste en la enseñanza de los valores democráticos y constitucionales. La asignatura cumple con una recomendación del Consejo de Europa en el año 2002, cuyo objetivo es el de "promover una sociedad libre, tolerante y justa y que contribuya, junto con las demás actividades de la Organización, a defender los valores y principios de la libertad, el pluralismo, los derechos humanos y el imperio de la ley, que son los fundamentos de la democracia".

Educación Moral: Supuestos de carácter socio pedagógico y psicopedagógico avalan la necesidad de desarrollo curricular de la educación moral. Su incardinación en los contenidos escolares es viable no tanto como una nueva asignatura que venga a incrementar el considerable número de las ya existentes, sino como un contenido transversal objeto de tratamiento interdisciplinar y multidisciplinar. La intervención pedagógica en educación moral puede entenderse en sentido indirecto y en sentido directo. En el primer caso, creando un clima relacional apropiado que estimule en el alumno la capacidad de actuación moral. En el segunda caso realizando una planificación en la que se tomen en cuenta la introducción de supuestos de educación moral en el proyecto educativo y en el proyecto curricular de centro, así como en las programaciones de aula. Será necesaria asimismo una importante renovación metodológica en el sentido de estimular en el alumno la capacidad de reflexión sobre experiencias vitales de carácter moral, de resolución de conflictos vividos, de imaginación y previsión de situaciones en las que haya de decidir y actuar según criterios morales.

Educación Primaria: El sentido de la etapa de Educación Primaria viene determinado por las finalidades que le señala la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre. Tales finalidades se corresponden con el nivel y con los procesos de desarrollo que, en nuestra cultura son propios de los niños y niñas de seis a doce años. En efecto, a estas edades se producen, tanto en el plano físico como en el social, afectivo y cognitivo. importantes cambios que deben acompañarse de un tratamiento educativo que procure y favorezca la adecuada inserción del niño en el medio natural, social y cultural a que pertenece. Aun cuando la propia actividad supone todavía el principal medio para el conocimiento de la realidad, durante esta etapa se desarrolla la Incipiente función simbólica o de representación. Muchas son las manifestaciones y posibilidades que se generan en torno a esta función, principalmente la capacidad para elaborar y utilizar símbolos y códigos que le permitirán acceder a la representación de los conocimientos ya elaborados. De esta forma los niños y niñas asimilarán y entenderán su estructura al tiempo que serán capaces de reconstruir y expresar sus propios conocimientos e ideas. No menos importantes resultan los procesos de desarrollo e interacción social y afectiva que. junto a la aparición del pensamiento abstracto, ayudará a conseguir un grado cada vez mayor de autonomía, tanto intelectual como moral y, en consecuencia, a comportamientos de solidaridad, de participación, de respeto y de tolerancia. Si se considera que la educación obligatoria y gratuita comprende desde los seis hasta los dieciséis años y que ya se está produciendo una progresiva escolarización anterior a los seis años, esta etapa debe procurar una continuidad fluida de una parte con la Educación Infantil y, de otra, con la Educación Secundaria. La Educación Primaria comprende seis años académicos, desde los seis a los doce años de edad, y se organiza en tres ciclos de dos años cada uno. Los alumnos comenzarán la Educación Primaria en el año natural en que cumplan los seis años de edad. La Educación Primaria tiene como finalidades básicas proporcionar a todos los niños y niñas una educación común que haga posible la adquisición de los elementos básicos culturales, los aprendizajes relativos a la expresión oral, a la lectura, a la escritura y al cálculo aritmético, así como una progresiva autonomía de acción en su medio. La unidad de programación y evaluación de la Educación Primaria es el ciclo, dentro del contexto de la programación general de la etapa. Los objetivos de la Educación Primaria deberán contribuir a que los niños y niñas, durante dicha etapa, desarrollen las siguientes capacidades: a Conocer y apreciar el propio cuerpo y contribuir a su desarrollo, adoptando hábitos de salud y bienestar y valorando las repercusiones de determinadas conductas sobre la salud y la calidad de vida. b Actuar con autonomía en las actividades habituales y en las relaciones de grupo, desarrollando las posibilidades de tomar iniciativas y establecer relaciones afectivas. c. Colaborar en la planificación y realización de actividades de grupo, aceptar las normas y reglas que democráticamente se establezcan, respetando los diferentes puntos de vista y asumiendo las responsabilidades que correspondan. d. Establecer relaciones equilibradas, solidarias y constructivas con las personas en las distintas situaciones sociales. e. Comprender y establecer relaciones entre hechos y fenómenos del entorno natural y social, y contribuir activamente a la defensa, conservación y mejora del medio ambiente. f. Conocer y apreciar los elementos y rasgos básicos del patrimonio natural, cultural e histórico y contribuir a su conservación y mejora. g. Conocer y apreciar los elementos y rasgos básicos del patrimonio cultural, contribuir a su conservación y mejora, y respetar la diversidad lingüística y cultural como derecho de los pueblos e individuos, desarrollando una actitud de interés y respeto hacia el ejercicio de este derecho. h. Comprender y expresar mensajes orales y escritos en castellano atendiendo a diferentes intenciones y contextos de comunicación. i. Comprender y expresar mensajes orales y escritos sencillos y contextualizados en una lengua extranjera. j. Comunicarse a través de medios de expresión verbal, corporal, visual, plástica, musical y matemática, desarrollando la sensibilidad estética, la creatividad y la capacidad para disfrutar de las obras y manifestaciones artísticas. Identificar, plantear y tratar de resolver interrogantes y problemas a partir de la experiencia diaria, utilizando diversas fuentes de información y los conocimientos y los recursos materiales disponibles, así como la colaboración de otras personas para resolverlos de forma creativa. I. Apreciar la importancia de los valores básicos que rigen la vida y la convivencia humana y actuar de acuerdo con ellos. Los tres ciclos de la Educación Primaria se organizan en las áreas que a continuación se relacionan, teniendo en cuenta el enfoque globalizador e integrador que debe caracterizar esta etapa: a) Conocimiento del medio natural, social y cultural. b) Educación Artística. c) Educación Física. d) Lengua castellana y Literatura. e) Lenguas Extranjeras. f) Matemáticas.

Ejes transversales: Los contenidos escolares deben establecerse, también, a partir de un análisis de la estructura interna de los distintos campos del saber, que destaque cuáles son sus conceptos y procedimientos básicos, y aquellos modelos o teorías con mayor potencialidad para explicar la realidad. Estos campos del conocimiento culturalmente elaborado, deben trascender una concepción excesivamente clásica del saber académico que permita tratar nuevas problemáticas sociales en la oferta educativa que se configure. De este modo, temas como la Educación para la Salud, la Educación Ambiental, las Nuevas Tecnologías, la Educación para la Paz, la Coeducación, la Educación del Consumidor y Usuario, la Educación Vial, y cuantos otros surjan a lo largo de la historia educativa y social de una comunidad educativa, no se convertir n en temas ajenos, yuxtapuestos, al curriculum que se desarrolla en un centro, sino que formarán parte de cada una de las áreas que lo articulan, además de poder ampliar, en otros casos, la oferta educativa que, en materia de opcionalidad y diversificación curricular, habrá de realizarse.

Elementos del currículo: Los elementos el currículo se pueden agrupar en cuatro preguntas:  qué enseñar -» nos dará Información sobre los objetivos y contenidos de la enseñanza. Cuándo enseñar -> así se sabrá la manera de ordenar y secuenciar dichos objetivos y contenidos. Cómo enseñar -> se afirma la necesidad de planificación de las actividades de enseñanza y aprendizaje para poder alcanzar los objetivos propuestos. Qué, cómo y cuándo evaluar -> es imprescindible realizar al final una programación.

Enseñanzas mínimas: Constituyen los aspectos básicos del currículo de una etapa, con el fin de garantizar una formación común a todos los alumnos y la validez de títulos correspondientes. Son establecidas por el gobierno del Estado.

Enseñar: "Acto por el cual el docente pone al alcance del discente el objeto de conocimiento para que este lo comprenda."

Epitome: "Conjunto de conceptos, relaciones y/o principios fundamentales de la materia objeto de aprendizaje, cuyo conocimiento facilita la comprensión y asimilación de otros conceptos y principios más sencillos con los que puede conectar, ampliando así la estructura cognitiva." Se pueden seguir los siguientes pasos para confeccionarlo: "- Escoger el contenido del aprendizaje que puede servir como epitome u organizador previo. Seleccionar los elementos fundamentales y representativos del contenido escogido. Seleccionar otros elementos relevantes para la enseñanza del epitome. Recibe también el nombre de organizador previo" Un epitome es una panorámica global sobre un tema. Es el primer paso de la secuencia elaborativa. Un epitome se distingue de un resumen porque integra los componentes esenciales del contenido en vez de resumirlos o sintetizarlos. La función del epitome es transmitir los elementos fundamentales del contenido que "vehiculan" su esencia. Los elementos que forman parte del epitome se seleccionan de tal manera que el resto de los elementos del contenido pueden considerarse una ampliación o complexificación del mismo. El epitome es, por definición, general. El epitome se caracteriza por: No incluir todos los elementos importantes del contenido, sino únicamente los más fundamentales o representativos. Sus elementos se eligen de manera que el resto de los elementos del contenido aporten mayores detalles (de lo más general a lo más detallado) o mayor complejidad (de lo más simple a lo más complejo). Ser objeto de enseñanza. Enseñar a un nivel de aplicación, mediante ejercicios prácticos o ilustraciones empíricas para hacerlo significativo para el alumno. Tener una orientación básica de contenido. Según el tipo de contenido que recoja el epitome para organizar la enseñanza éste puede ser conceptual, teórico, o de procedimientos.

Escolarización: La escolarización, en la medida en que contribuye a facilitar las relaciones entre iguales, se puede constituir en fuente de posibles aprendizajes.

Escuela: La escuela es el lugar donde se lleva a cabo el proceso de educación formal. En nuestra sociedad la actividad de formación institucional de los miembros más jóvenes se realiza, principalmente, en la escuela. El sistema educativo es el encargado de proporcionar una serie de actividades planificadas y dirigidas intencionalmente a facilitar el aprendizaje. La escuela es un sistema social especifico, con normas y pautas de funcionamiento en las que el niño y la niña se verán progresivamente implicados. A través de la participación en la vida escolar ir asimilando los sistemas de valores vigentes y desarrollando las actitudes de cooperación y respeto. De esta manera, niños y niñas empiezan a descubrirse como individuos con deseos, sentimientos y pensamientos propios y con capacidad para elaborar juicios y criterios personales. Los centros docentes deben concretar y desarrollar el curriculum de la Educación Primarla mediante la elaboración de proyectos curriculares de etapa y ciclo que respondan a las necesidades de los alumnos y que se incorporarán a la programación general correspondiente. "Institución social en la que maestros y alumnos llevan a lo práctico el proceso educativo. Es la comunidad educativa"

E.S.O: La Educación Secundaria, de la forma en que hoy se conoce en los países de nuestro entorno, es de reciente creación. Durante siglos han coexistido dos vías educativas con finalidades especificas: Una formación más restringida de una minoría encaminada a la Universidad y que exigía mecanismos preparatorios que generaban los equivalentes a los Institutos de Enseñanzas Medias. Una formación básica que se adquiría en las escuelas primarias y que era a la que tenia acceso la mayoría de la población. La democratización de la sociedad ha producido un acercamiento y fusión entre ambas vías, quedando una enseñanza Primaria, de a 12 años, y una Secundarla que cubre la adolescencia, inmediatamente anterior a la formación universitaria o al mundo del trabajo. En la mayoría de los países europeos existe una educación obligatoria hasta los dieciséis años aproximadamente. De igual manera que en los sistemas europeos de nuestro entorno, la Educación Secundaria se organiza atendiendo al principio de comprensividad, entendiendo por esto, englobar todas las reas básicas de aprendizaje para una formación integral y evitar parcelar el conocimiento, asegurando unas áreas del conocimiento comunes a todo el alumnado. El sistema comprensivo facilita una titulación Única y tiene su máxima justificación en el carácter preventivo que tiene frente a una oferta diversificada que acrecentarla las desigualdades sociales, culturales y económicas, como pasaba con la elección entre Bachillerato y Formación Profesional. Es la escuela quien debe cumplir una función equillbradora de las desigualdades de partida en los itinerarios educativos. Otro de los principios a los que la Secundaria se atiene es al de la diversidad. Sin renunciar al carácter de educación igual para todos, la ESO responde al derecho de todas las personas a que se respete su modo de ser y se proporcione a cada escolar la clase de enseñanza y la ayuda pedagógica que precise. Es una etapa que para algunos alumnos será el final de su escolarización obligatoria, y para otros será una preparación para estudios superiores o para el trabajo. Sustituye los dos Últimos cursos de la E.G.B. y los dos primeros cursos de las Enseñanzas Medias actuales formando una nueva etapa educativa de cuatro cursos con identidad propia. Esta etapa está organizada en dos ciclos de dos cursos cada uno, 12-14 años y 14-1 años. La ESO. constituye, junto con la Educación Primaria, la enseñanza básica, obligatoria y gratuita, por lo que deben tener una estrecha relación dada la importancia que tiene el desarrollo social y evolutivo en estas edades. No en vano son diez años de escolarización. Los cuatro años de la Secundaria Obligatoria serán determinantes para culminar la formación básica de todos los ciudadanos. Constituirán, por tanto, la educación para la vida. De ahí, la necesidad de que el alumnado desarrolle no sólo capacidades intelectuales, sino una formación integral que comprenda aspectos afectivos de relación e inserción social, que le permitan convertirse en un miembro activo de la sociedad en que vive y que sea capaz de prepararse para dar respuesta a los grandes problemas de la sociedad actual. Diferencias entre la Educación Secundaria Obligatoria y las enseñanzas a las que sustituye: Es una etapa educativa obligatoria y, por tanto, ha de ser accesible a todo el alumnado, lo que conlleva una enseñanza de carácter comprensivo. Ha de ajustarse a los intereses del alumnado por medio de la optatividad. Retrasa la elección temprana de itinerarios educativos que podrán condicionar en exceso decisiones acerca del futuro profesional. Incluye formación tecnológica de base, hasta ahora enmarcada exclusivamente en el ámbito de la formación profesional. Adecua la edad de finalización escolar con la edad de acceso al mundo del trabajo (1 años). Establece la constitución de departamentos de orientación en los centros educativos encargándoles tareas relacionadas con la orientación personal y profesional del alumnado. Los conocimientos que se impartan deben ser adaptados de forma que sean asimilables para conseguir los objetivos de etapa. Persigue la formación de ciudadanos capaces de desenvolverse en una sociedad democrática y plural: los conocimientos objeto de estudio en las distintas áreas no tienen valor por si mismos, sino que están en función de la consecución de las capacidades que el alumno debe desarrollar. Al término de la educación secundaria obligatoria el alumnado podrá continuar sus estudios en: - Bachillerato. - Ciclos Formativos de grado medio.

Estructuración en ejes: Conceptos, procedimientos y actitudes. Articula y engloba los contenidos conceptuales, los procedimientos-estrategias, y los valores-actitudes.

Etapa educativa: "Periodo en que se divide el sistema educativo definido por las características que la edad de los alumnos, los objetivos educativos, los contenidos de enseñanza, la metodología educativa.. determinen. En la práctica se utiliza a menudo como sinónimo de nivel educativo.

Evaluación: La evaluación constituye el elemento clave para orientar las decisiones curriculares, definir los problemas educativos, acometer actuaciones concretas, emprender procesos de investigación didáctica, generar dinámicas de formación permanente del profesorado y, en definitiva, regular el proceso de adaptación y contextualización del curriculum en cada comunidad educativa. La evaluación se entiende como una actividad básicamente valorativa e investigadora y, por ello, facilitadora de cambio educativo y desarrollo profesional docente. Afecta no sólo a los procesos de aprendizaje de los alumnos, sino también a los procesos de enseñanza desarrollados por los profesores y a los proyectos curriculares de centro en los que aquellos se inscriben. La actividad evaluadora deber tomar en consideración la totalidad de elementos que entran a formar parte del hecho educativo, considerado como fenómeno complejo e influido por múltiples factores previstos y no previstos. También atenderá globalmente a todos los ámbitos de la persona, y no sólo a los aspectos puramente cognitivos. La evaluación educativa ha de tener en cuenta la singularidad de cada individuo, analizando su propio proceso de aprendizaje, sus características y sus necesidades específicas. Por todas estas razones, el proceso evaluador debe ser primordialmente un proceso cualitativo y explicativo, ofreciendo datos e interpretaciones significativas que permitan entender y valorar los procesos seguidos por todos los participantes. Esta cualidad de la información puesta en juego, que afectar de una u otra forma a la vida de las personas, requiere considerar otro principio básico de la evaluación que es el de respetar la intimidad de los participantes en el proceso evaluador, en cuanto a la utilización que pueda hacerse de cualquier información que les afecte. En suma, la actividad evaluadora debe formar parte de un proceso más general de índole social, que persiga la mejora de la calidad de vida de cada comunidad escolar, así como promover el desarrollo profesional de los docentes y la investigación educativa.

Evaluación inicial: La evaluación inicial es un proceso que debe preceder a la introducción de toda unidad didáctica y tiene como finalidad obtener información acerca de los conocimientos, habilidades y actitudes que poseen los alumnos/as a quienes va dirigida la enseñanza. El resultado de esta evaluación nos da idea de los aprendizajes previos de los alumnos/as, adaptando así la unidad didáctica correspondiente a sus conocimientos. La evaluación inicial se pondrá en práctica varios días antes de poner en marcha el proyecto o unidad. Es interesante recoger las respuestas, reacciones, etc. de los alumnos/as como base fundamental para el diseño de los módulos de aprendizaje concéntricos y para perfilar la unidad, incorporando, reforzando... alguno de los elementos que la componen. Respecto a la técnica que debe seguir el maestro/a para llevar a cabo la evaluación inicial no hay nada estipulado en ningún documento normativo. Así pues, dicha decisión correrá a cargo de cada maestro/a. Es muy Importante que dicha evaluación inicial no se le presente al alumno como un examen, sino como una experiencia más en el aula. Se realiza al iniciarse cada una de las fases de aprendizaje, y tiene la finalidad de proporcionar información sobre los conocimientos previos de los alumnos, para decidir el nivel en que hay que desarrollar los nuevos contenidos de enseñanza, y las relaciones que deben establecerse entre ellos.

Evaluación continua: "Pretende superar la relación evaluación-examen o calificación final de los alumnos/as, centrando el interés en los aspectos que se consideren importantes para la mejora del procese Esta evaluación se realiza a lo largo de todo el proceso de aprendizaje, siendo su objetivo describir e interpretar, no medir ni clasificar."

Evaluación final: "Aquella que tiene por objetivo conocer y valorar los resultados conseguidos por el alumno al finalizar un proceso de enseñanza-aprendizaje, para poder orientarle posteriormente"

Formación profesional: La Formación Profesional es un conjunto de enseñanzas que, dentro del sistema Educativo regulado por la LOGSE, capacitan para el desempeño cualificado de las distintas profesiones. La finalidad de la Formación Profesional es la de preparar a los alumnos para la actividad en e! campo profesional. Características: Proporciona una formación polivalente que permite a los jóvenes adaptarse a las modificaciones laborales que pueden producirse a lo largo de su vida. Incluye tanto la formación profesional de base como la formación profesional especifica de grado medio y de grado superior. Continua la formación básica de carácter profesional que han recibido los alumnos a lo largo de la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato. Contribuye a la formación permanente de los ciudadanos y atiende a las demandas de cualificación del sistema productivo. Promueve la adquisición e integración de diferentes tipos de contenidos: científicos, tecnológicos y organizativos. Favorece en el alumno la capacidad para aprender por s( mismo y para trabajar en equipo. La Formación Profesional está organizada en dos niveles: Ciclos Formativos de Grado Medio. Ciclos Formativos de Grado Superior. El Ciclo Formativo de Grado Medio constituye un instrumento tanto para la inserción laboral de los jóvenes como para la formación permanente de los profesionales de las distintas especialidades. Su duración puede ser de uno o de dos años. Las enseñanzas que comprende son de dos tipos: Unas, organizadas en módulos profesionales, que se imparten en los centros educativos. Estos módulos son de tres tipos: - Módulos profesionales asociados a la competencia. Módulos profesionales socioeconómicos. Módulo profesional integrado. Otras, organizadas en prácticas en empresas, que se realizan en los centros de trabajo a través de un módulo profesional de formación en centros de trabajo. Podrán acceder a la Formación Profesional de Grado Medio aquellos alumnos y alumnas que: Estén en posesión de la titulación de graduado en Educación Secundaria. Hayan cursado la Educación Secundaria Obligatoria, pero no estén en posesión de la titulación de graduado en Educación Secundaria. En este caso deberán superar una prueba especifica. Sean mayores de 17 años y superen una prueba especifica. Los alumnos que hayan cursado con éxito la Formación Profesional de Grado Medio recibirán el titulo de Técnico en la correspondiente especialidad. Con este titulo se accede al mundo laboral y a la modalidad de bachillerato que esté en relación con la especialidad correspondiente. El Ciclo Formativo de Grado Superior constituye un Instrumento para la inserción laboral de los jóvenes, para la formación permanente de los profesionales de las distintas especialidades y para el acceso a los estudios universitarios. Su duración puede ser de uno o dos años. Las enseñanzas que comprende son de dos tipos: Unas, organizadas en módulos profesionales, que se imparten en los centros educativos. Estos módulos son de tres tipos: Módulos profesionales asociados a la competencia. Módulos profesionales socioeconómicos. Módulo profesional integrado. Otras, organizadas en prácticas en empresas, que se realizan en los centros de trabajo a través de un módulo profesional de formación en centros de trabajo. Podrán acceder a la Formación Profesional de Grado Superior aquellos alumnos y alumnas que: Hayan cursado el bachillerato. Para algunos Ciclos Formativos es necesario haber cursado determinadas materias. Sean mayores de 20 años y superen una prueba especifica. Los alumnos que hayan cursado con éxito la Formación Profesional de Grado Superior recibirán el titulo de Técnico Superior en la correspondiente especialidad. Con este titulo se accede al mundo laboral y a los estudios universitarios.

Fuentes del currículo: Se destacan cuatro fuentes del currículo: "Fuente sociológica -> se refiere a las demandas sociales y culturales acerca del sistema educativo, a los contenidos, procedimientos, actitudes y valores que contribuyen al proceso de socialización de los alumnos, a la asimilación de los saberes sociales y del patrimonio cultural de la sociedad. El currículo ha de recoger la finalidad y funciones sociales de la educación, intentando asegurar que los alumnos lleguen a ser miembros activos y responsables de la sociedad a que pertenecen. Fuente psicológica -> se relaciona con los procesos de desarrollo y de aprendizaje de los alumnos. El conocimiento de las regularidades del desarrollo evolutivo en las distintas edades y de las leyes que rigen el aprendizaje y los procesos cognitivo en los seres humanos ofrece al currículo un marco indispensable acerca de las oportunidades y modos de la enseñanza: cuándo aprender, qué es posible aprender en cada momento y cómo aprenderlo. Fuente pedagógica -> trata tanto la fundamentación teórica existente como la experiencia educativa adquirida durante la práctica docente. Fuente epistemológica -> que se encuentra en los conocimientos científicos que integran las correspondientes áreas o materias curriculares. La metodología, estructura interna y estado actual de conocimientos en las distintas disciplinas científicas, así como las relaciones interdisciplinares entre éstas, realizan también una aportación decisiva a la configuración y contenidos del currículo."

Funciones del currículo: El currículo tiene dos funciones: hacer explícitas las intenciones del sistema educativo y servir como guía para orientar la práctica pedagógica.

Globalización: "Forma de acceder al conocimiento que descubre las relaciones entre los diferentes objetos de estudio y los integra en visiones superiores, más simples y completas. Se realiza en tres momentos: una primera percepción sincrética, confusa o indiferenciada de la realidad, que da lugar a un análisis de sus componentes o partes y concluye en una síntesis enriquecedora de éstos."

Ideario Educativo del centro: "Es el conjunto de postulados y principios propios de una concepción ideológica determinada, conforme a los cuales cada centro educativo puede realizar su propio proyecto educativo, referido a la formación integral de sus alumnos." El ideario educativo del centro es una consecuencia de un sistema escolar democrático, respetuoso con la pluralidad social que debe dar cabida a cualquier tipo de educación que acate los principios constitucionales del Estado, sin otras limitaciones. Es la definición del carácter propio que a cada centro confiere el tipo de educación que en el se imparte. "El ideario educativo de centro responde tanto a los centros internamente pluralistas como a la pluralidad de centros identificados, cada uno con un tipo de educación internamente homogénea y coherente que les confiere, en cada caso su carácter propio. En cualquier caso, el ideario educativo de centro no debe ser un corsé ideológico sino que, basándose en él, se ha de educar en un ambiente de comprensión y de tolerancia hacia otras concepciones." Es igual que carácter propio. En algunos centros esta concepción de jornada escolar, de dos turnos, no se lleva a cabo. En su lugar hablamos de una jornada escolar única o intensiva. Las razones para la implantación de esta jornada son varias y diversas: Necesidades de escolarización: la gran demanda que haya en un centro puede "obligar" hacer un "doble turno" (turno de mañana y turno de tarde". Vía experimental: evitar comedor y transporte escolar, comprobar comparativamente el rendimiento de los alumnos o ajustarse a determinados horarios familiares o status socioeconómico. En países cálidos al principio y al final del curso.

Instruir: "Adquisición de ciencia por medio de un enseñante". "Transmitir adecuadamente lo que se aprende mediante el empleo de la motivación y de la orientación al alumno de lo que se ha de aprender" Proviene del latfn instruere que significa enseñar, informar.

Intervención educativa: La intervención educativa es una forma de interacción social que tiene como función facilitar el aprendizaje y guiarlo hasta conseguir su autorregulación, el "aprender a aprender". De ahí que el objetivo ultimo de los procesos de enseñanza-aprendizaje sea el contribuir a que los alumnos y alumnas se apropien de los procedimientos habituales de regulación de la propia actividad de aprendizaje, de tal manera que puedan progresar, con creciente autonomía, en la adquisición de nuevas competencias y conocimientos. Esto supone transformar el aula en un espacio en el que se ofrezcan las condiciones y las pautas para realizar el tipo de tareas propuestas, en el que se favorezca la interacción entre compañeros y se regule la actividad mediante la negociación y superación de aquellos conflictos que ayuden a propiciar el cambio y la reestructuración cognitiva. Para que esto sea posible, la intervención educativa tiene que ajustarse al nivel de desarrollo real de los alumnos. Entre los seis y los doce años, niños y niñas van adquiriendo una autonomía creciente, tanto motriz como intelectual y personal, debido, en gran parte, a las posibilidades funcionales del lenguaje y de las otras formas de expresión y representación. El habla interiorizada anticipa y acompaña su actividad, ayudándoles a planificarla y a autorregularla. También hace posible que la acción se descontextualice y se consiga una representación cada vez más general.

Jornada escolar: "Actividad educativa desarrollada a lo largo de un día en un centro docente, o, en general, en el sistema educativo. En los niveles preescolar, básico y medio, la jornada escolar normalmente comprende la estancia de la mañana (3-4 horas) y la de tarde (2-3 horas)."

Legislación: LODE. Ley Orgánica 8/1985 de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación. LOGSE. Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo. Real Decreto 1543/1988, de 28 de octubre, sobre Derechos y Deberes de los Alumnos (BOE 309, de 2 de diciembre de 1988). Real Decreto 98 /1991, de 14 de junio (BOE 25 de junio de 1991), sobre el calendario de aplicación de la reforma. Modificado por el Real Decreto 535/1993, de 12 de abril (BOE 4 de mayo de 1993). modificado por el Real Decreto 1478/1991, de 1 de julio (BOE de 28 de julio de 1994). Requisitos mínimos de los centros (Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, BOE del 2 ). Real Decreto 389/1992, de 15 de abril, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas artísticas (BOE del 28 de abril de 1992). Supervisión y uso de libros de texto y otros materiales curriculares (Real Decreto 388/1992, de 15 de abril, BOE del 23) y Orden que lo desarrolla, de 2 de junio de 1992 (BOE del 11). Orden del 30 de julio de 1992 por la que se regulan las condiciones de creación y funcionamiento de las Escuelas de Música y Danza. Elementos básicos de los informes de evaluación (Orden Ministerial de 30 de octubre de 1992, BOE del 11 de noviembre), modificada por Orden de 2 de abril de 1993 (BOE del 15). Acceso a la función pública docente (R.D. 850/1993, de 4 de junio, BOE del 30; corrección de errores en el BOE de 29 de septiembre de 1993). Cuerpo de funcionarios docentes (Real Decreto 1701/1991, de 29 de noviembre, por el que se establecen especialidades del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, se adscriben a ellas los profesores correspondientes a dicho cuerpo y se determinan las áreas y materias que deberá impartir el profesorado respectivo (BOE 2 de diciembre de 1991). Regulación de concursos de traslados de ámbito nacional para la provisión de plazas correspondientes a los cuerpos docentes que Imparten las enseñanzas establecidas en la LOGSE, Real Decreto 1774/1994 de 5 de agosto (BOE 234, de 30 de septiembre de 1994). Instituto Nacional de Calidad y Evaluación (R.D. 928/1993, de 18 de junio, BOE del de julio).

Libros blancos: En 1989 surgen los llamados libros blancos. Son de este color por tener carácter provisional. Estos libros blancos son dos: Diseño curricular base (D.C.B) -> que trata la reforma del currículo. Libro blanco para la reforma del sistema educativo. Estos dos libros darán origen a dos leyes: Real Decreto Curricular y LOGSE. El MEC concreta el sentido de la Reforma avanzando una propuesta de currículo que se corresponde con la ordenación general del sistema. Ley Orgánica 1/1990 de 3 de Octubre de Ordenación General del Sistema Educativo.

LOE: Publicada en el Boletín Oficial del Estado el 4 de mayo de 2006. Su nombre oficial es: "Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación". Esta ley establece en su preámbulo que tiene como objetivo adecuar la regulación legal de la educación no universitaria a la realidad actual en España (educación infantil, primaria, secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional, de idiomas, artísticas, deportivas, de adultos) bajo los principios de calidad de la educación para todo el alumnado, la equidad que garantice la igualdad de oportunidades, la transmisión y efectividad de valores que favorezcan la libertad, responsabilidad, tolerancia, igualdad, respeto y la justicia, etc.

Mapa conceptual: Un mapa conceptual es una representación gráfica con un orden lógico que va de lo general a lo particular. Se lee de arriba abajo y forma una frase lógica. Existen varios tipos de mapas conceptuales.

Materiales curriculares: "Son materiales editados para los profesores y alumnos que pueden ser ofrecidos por las administraciones educativas o por la iniciativa privada para el desarrollo y aplicación del currículo de las diferentes enseñanzas establecidas por la LOGSE."

M.E.C: Ministerio de Educación y Ciencia. Organismo del Estado.

MEPSYD: Ministerio de Educación, Política Social y Deporte.

Magisterio: Del latín Magisterium, jefatura, magisterio.  "Término que comprende una variedad de significaciones. Original mente actividad docente del maestro con sus discípulos. Aunque dicha actividad se realiza en todos los niveles de enseñanza, se viene utilizando habitualmente este término con referencia especifica a la enseñanza básica, y así se emplea para designar: El conjunto de docentes de enseñanza primaria o básica de una nación. Los estudios que habilitan para el ejercicio de la función de docente en el nivel de enseñanza primaria básica."

Método activo: "Más que de un método activo habría que hablar de métodos activos en plural. Son aquellos que pretenden aplicar el principio de actividad en la escuela, pero que parten de inspiraciones doctrinales muy diversas. Se pueden clasificar en: Métodos puerocentrislas. Métodos globalizadores. Métodos homogéneos. Métodos socializadores. Métodos individualizadores."

Metodología: La metodología constituye el conjunto de criterios y decisiones que organizan, de forma global, la acción didáctica en el aula: papel que juegan los alumnos y profesores, utilización de medios y recursos, tipos de actividades, organización de los tiempos y espacios, agrupamientos, secuenciación y tipo de tareas, etc. Este conjunto de decisiones se derivar de la caracterización realizada en cada uno de los elementos curriculares, objetivos, contenidos, evaluación, medios, y de la peculiar forma de concretarlos en un determinado contexto educativo, llegando a conformar un singular estilo educativo y un ambiente de aula, cuyo objetivo más general ser el de facilitar el desarrollo de los procesos de enseñanza-aprendizaje expresados en las intenciones educativas. Definida la metodología educativa de esta forma, es evidente que existirán metodologías diversas que, sin embargo, serán capaces de desarrollar similares intenciones educativas. Convendría una metodología que, partiendo de lo que los alumnos y alumnas conocen y piensan con respecto a cualquier aspecto de la realidad, sea capaz de conectar con sus intereses y necesidades, con su peculiar forma de ver el mundo, y les proponga, de forma atractiva, una finalidad y utilidad clara para aplicar los nuevos aprendizajes que desarrollan. Se trata, en suma, de adoptar una metodología que posea un sentido claro para los alumnos y profesores, a la vez que promueva su desarrollo conceptual, procedimental y actitudinal. Por este motivo, serla interesante contemplar una dualidad de finalidades: por un lado la de las intenciones o capacidades que el equipo docente desea promover en sus alumnos y alumnas y, por otro, las que se desprenden directamente de la propia actividad que se realiza, las cuales han de ser claras y compartidas por los alumnos: resolver un problema, satisfacer una necesidad o interés, afrontar una situación novedosa, tratar un conflicto, realizar una ' investigación, comprender la realidad, entender nuevos fenómenos o acometer un proyecto de trabajo.

Motivación: La motivación por aprender, y en particular por construir ciertos aprendizajes es un complejo proceso que condiciona en buena medida la capacidad de aprender de los alumnos. La motivación depende en parte de la historia de éxitos y fracasos anteriores del alumno en tareas de aprendizaje, pero también del hecho de que los contenidos que se ofrezcan a los alumnos posean significado lógico y sean útiles para ellos.

Necesidades Educativas Especiales (N.E.E): La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE), ha recogido y reforzado los principios de normalización e integración presentes en la Ley de Integración Social de los Minusválidos y en el Real Decreto 334/1985 de Ordenación de la Educación Especial. Al mismo tiempo, ha sido la LOGSE la que ha introducido en el ordenamiento jurídico el concepto de necesidades educativas especiales propiamente dicho como alternativa, en el ámbito educativo, a los de deficiente, disminuido, inadaptado, discapacitado o minusválido, lo cual significa un cambio fundamental con respecto a conceptualizaciones anteriores. Partiendo de la premisa de que todo el alumnado precisa a lo largo de su escolaridad de diversas ayudas pedagógicas para asegurar el logro de los fines de la educación, se consideran necesidades educativas especiales las de alumnos y alumnas que, además, y de forma complementaria, precisan otro tipo de ayudas menos usuales, bien sea temporal o permanentemente. Con la introducción de esta expresión se pretende evitar las connotaciones negativas de términos anteriores que tienden a resaltar solamente lo que estos alumnos y alumnas no pueden hacer. La expresión "necesidades educativas especiales" intenta, además, evitar la predisposición al error que se origina cuando se tildan todas las discapacidades de "deficiencias" a pesar de que son muy diferentes unas de otras, especialmente en lo que concierne a sus implicaciones para los procesos de enseñanza y aprendizaje. Con toda seguridad, los términos ahora sustituidos han tenido indirectamente un efecto de "etiquetaje" que afecta muy negativamente al autoconcepto y la autoestima de estos alumnos o alumnas, e indirectamente a sus familias, puesto que eran y son términos que refuerzan erróneamente la creencia de que el origen de las dificultades educativas de este alumnado reside única y exclusivamente en ellos mismos, despreciando el peso e importancia de los factores sociales y educativos. El uso del concepto de necesidades educativas especiales no está exento, sin embargo, del riesgo de reproducir algunos de los problemas anteriores (que vuelva a ser, por ejemplo, una etiqueta con connotaciones negativas) ni esta libre de limitaciones. Es cierto que intenta resaltar las preocupaciones educativas por encima de cualesquiera otras, que aspira a ser menos peyorativo y que, al tener que traducirse en las ayudas pedagógicas que los alumnos precisan, compromete al profesorado y a los servicios de apoyo y les hace revisar precisamente la enseñanza que reciben. Pero comporta también una cierta ambigüedad, ya que no es posible delimitar con antelación quién tiene o no realmente necesidad de medidas educativas extraordinarias y cuáles deberían ser éstas, dado el carácter interactivo de los procesos educativos y de la peculiaridad de cada contexto escolar y de cada alumno. Todo ello dificulta considerablemente la planificación de los recursos necesarios, ya sean humanos o materiales, y exige un sistema de provisión que debiera caracterizarse por la flexibilidad y la cercanía a las necesidades reales de los centros escolares y sus alumnos. Por tanto, decir que un alumno o alumna presenta necesidades educativas especiales es una forma de decir simplemente que, para el logro de los fines de la educación, no son suficientes las actuaciones habituales que su profesor o profesora desarrolla con la mayoría de los alumnos del grupo y que, por ello, tiene que revisar su acción educativa y adecuarla a las necesidades particulares del alumno o alumna en cuestión. Para que esta tarea no se viva como imposible, los profesores deben contar con la formación, ayuda, asesoramiento y colaboración necesarios, empezando por los servicios más especializados que a tal efecto deben existir, pero sin despreciar la aportación de sus compañeros, de las familias e incluso de los propios alumnos, ni hacer dejación, en último término, de su responsabilidad como tutor del proceso educativo de todos sus alumnos. De esta forma, y en continuidad con los planteamientos del Real Decreto 334/1985 de Ordenación de la Educación Especial, la LOGSE contempla como objetivos de la educación para los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales los mismos que para el resto del alumnado, al tiempo que establece con claridad y contundencia (art. 3. ) el principio de adecuación o adaptación de las enseñanzas a las características de éstos. Por tanto, no son estos alumnos los que deben adaptarse o "conformarse" a lo que pueda ofrecerles una enseñanza general planificada y desarrollada para satisfacer las necesidades educativas habituales de la mayoría del alumnado, sino que es la enseñanza la que debe adecuarse de modo y manera que permita a cada alumno particular progresar en función de sus capacidades y con arreglo a sus necesidades, sean especiales o no.

Niveles de concreción: Son cada uno de los pasos que conducen desde el currículo establecido por la Administración educativa competente hasta la elaboración detallada de las unidades didácticas. -1er nivel de concreción -> tiene carácter prescriptivo de obligado cumplimiento. Lo hace el MEC o las Comunidades Autónomas. Leyes sobre el curriculum: LOGSE (Reales Decretos), Real Decreto Curricular, DCB. -2 nivel de concreción -> De centro. Las leyes ya hechas por el ministro pasan ahora a los centros de enseñanza. El claustro coge las leyes y elaboran un documento llamado proyecto curricular. Aquí se establecen las áreas. -3er nivel de concreción -> Compete a los profesores. Éstos realizan una unidad didáctica o programación basándose en el proyecto curricular.

Objetivos: Los objetivos son el conjunto de aprendizajes que se espera que alcancen unos alumnos/as en una etapa, ciclo, nivel o programación educativa concreta. Pueden plantearse de manera global, constituyendo los objetivos generales de etapa, definidos en términos de capacidades, también de forma más concreta, es decir, los objetivos didácticos, que nos llevan a la acción directa y son el referente inmediato de la evaluación. Los objetivos se entienden como las intenciones que orientan el diseño y la realización de las actividades necesarias para la consecución de las grandes finalidades educativas, esto es, promover el desarrollo integral del individuo y facilitar la construcción de una sociedad m s justa y solidaria. La formulación de objetivos habrá de basarse, pues, en considerar el desarrollo de niños y niñas con una finalidad educativa, orientando, así, la selección y secuenciación de los contenidos, y la realización de determinadas actividades de acuerdo con las orientaciones metodológicas generales que se determinen. Los objetivos han de entenderse como metas que guían el proceso de enseñanza-aprendizaje y hacia las cuales hay que orientar la marcha de ese proceso. Constituyen, de este modo, un marco para decidir las posibles direcciones a seguir durante su transcurso, desempeñando un papel fundamental como referencia para revisar y regular el curriculum. Precisamente por su carácter de orientación para el desarrollo curricular, deben contemplarse para los objetivos diferentes niveles de concreción que posibiliten la transición de los fines generales a la práctica educativa. De esa forma, los objetivos de etapa se concretan en objetivos de área, con los que se intenta precisar la aportación que, desde cada una de ellas, ha de hacerse a la consecución de los objetivos de etapa y ciclo. Todos ellos finalmente, han de adecuarse a cada realidad escolar, con las condiciones propias de cada contexto y de cada persona, lo que exigir sucesivos y diversos niveles de concreción. Puesto que con la educación se pretende favorecer un desarrollo lo más completo posible de la persona, y su integración en un contexto sociocultural determinado, los objetivos que se definen en cada nivel de concreción deben guardar relación con los grandes ámbitos de aprendizaje y tipos de contenidos -conceptos, procedimientos, y actitudes-, que se determinan para toda la población escolar. No obstante, en función de los contextos y necesidades particulares de los individuos, los equipos de profesores podrán establecer criterios de ordenación de los objetivos a desarrollar en cada etapa educativa.

Objetivos didácticos: Los objetivos didácticos son "aquellos objetivos más concretos que permiten relacionar capacidades con contenidos". Se concretan a partir de los objetivos terminales. Nos indican las tareas a realizar a corto plazo.

Objetivos generales: Los objetivos terminales "precisan el tipo y grado de aprendizaje que debe realizar el alumno a propósito de los contenidos seleccionados para adquirir, al finalizar el ciclo, las capacidades estipuladas por los objetivos generales y de área". Establecen las capacidades que se espera hayan adquirido los alumnos al Analizar cada etapa educativa.

Objetivos terminales: Explicitan las intenciones educativas de la Unidad didáctica y están expresados en términos de capacidades- pero se refieren a contenidos concretos que configuran la unidad didáctica. Indican los contenidos, métodos, capacidades y/o valores que un alumno debe conseguir al Analizar el proceso educativo previsto o U.D. Consta de una destreza o una actitud un qué (contenido), un cómo (método y/o procedimiento) y un para qué (capacidad y/o valor). Se deben elaborar teniendo en cuenta la vinculación con e currículo y las características el grupo clase.

Orientaciones educativas: La Orientación Educativa contribuye al logro de una educación integral en la medida en que aporta asesoramiento y apoyo técnico en aquellos aspectos más personalizados de la educación que hacen posible la atención a la diversidad de capacidades, intereses y motivaciones de los alumnos y alumnas. La Orientación Educativa se articula en torno a: La Tutoría; Los Departamentos de Orientación; Los Equipos de Orientación Educativa. Los Equipos de Orientación Educativa realizan funciones generales de asesoramiento psicopedagógico a los Centros Escolares. Las principales son: Asesorar a los Centros en la elaboración, aplicación y evaluación del Proyecto de Centro y del Proyecto Curricular, sobre todo en los aspectos más estrechamente ligados a la orientación educativa y a la intervención psicopedagógico. Asesorar a los Centros en lo relativo a la evaluación de los aprendizajes de los alumnos y alumnas, de la práctica docente y del Proyecto Curricular de Centro, en el marco de lo establecido en la normativa sobre evaluación. Colaborar con los Centros de Profesores en la formación, apoyo y asesoramiento al profesorado de la zona en el ámbito de la orientación educativa. Analizar las demandas de intervención psicopedagógica de los Centros que tenga asignado y proponer respuestas adecuadas a las mismas con la participación de los restantes miembros del Centros de Orientación Educativa y Profesional cuya colaboración se considere necesaria. "Se trata de la acreditación de los alumnos para que puedan acceder al ciclo o curso siguiente a lo largo de la escolarización obligatoria, o bien, para obtener una determinada titulación académica al finalizar un nivel o etapa."

Procedimientos: Es el conjunto de acciones ordenadas y orientadas a la realización de una tarea.

Programas de Garantía Social: Es la denominación que reciben en la LOGSE las acciones formativas destinadas a resolver un problema muy común a todos los sistemas educativos: la integración social, educativa y laboral de los jóvenes que no concluyen con éxito su formación obligatoria. Los objetivos que pretenden los programas de Garantía Social son proporcionar a los jóvenes una formación básica y profesional que les permita incorporarse a la vida activa o proseguir sus estudios en las distintas enseñanzas previstas en el sistema educativo, especialmente las enseñanzas de formación profesional de grado medio. Pueden participar en los Programas de Garantía Social los jóvenes mayores de 18 años que no hayan obtenido el titulo de Graduado en Educación Secundaria, y que previamente hayan realizado las acciones de diversificación curricular correspondientes. En casos especiales también podrán acceder a estos Programas jóvenes mayores de 1 años. Los Programas de Garantía Social tendrán modalidades diferentes: Iniciación profesional, Talleres Independientes, Formación y Empleo, Integración de jóvenes con minusvalías. Los Programas de Garantía Social se configurarán a partir de las siguientes áreas curriculares: Área de Formación básica; Área de Formación Profesional Especifica; Área de Formación y Orientación Laboral; Área de Acción Tutorial y actividades complementarias.

Promoción: Al término de cada ciclo y como consecuencia del proceso de evaluación, se decidirá acerca de la promoción de los alumnos al ciclo siguiente. La decisión de la permanencia del alumno durante un año más en el ciclo la adoptará el profesor tutor teniendo en cuenta la opinión del resto de los profesores del mismo grupo de alumnos y de los padres o tutores legales del alumno. Esta permanencia ha de considerarse excepcional. No podrá repetirse más de un año a lo largo de toda la Educación Primaria. Esta decisión irá acompañada en todo caso de medidas educativas complementarias encaminadas a desarrollar adecuadamente las capacidades del alumno.

Provecto curricular de centro (PCC): "El Proyecto Curricular de Centro es el proceso de tomas de decisiones por el cual el profesorado de una etapa educativa determinada establece, a partir del análisis del contexto de su centro, una serie de acuerdos acerca de las estrategias de intervención didáctica que va a utilizar, con el fin de asegurar la coherencia de su práctica docente". El proyecto curricular de etapa, al estar diseñado por el conjunto de maestros/as que imparten enseñanzas en toda la etapa, garantiza la coherencia en el proceso de enseñanza/aprendizaje a lo largo de los distintos niveles y ciclos educativos. Para su elaboración hay que tener en cuenta varios aspectos: El proyecto educativo. El análisis del contexto. La experiencia docente. Las normas legales desarrolladas. El Proyecto Curricular de Primaria lo elaboran los equipos docentes de cada ciclo, está coordinado por los coordinadores de ciclo y es aprobado por el claustro de profesores. Además, se incorporará a la programación general del centro. Todo Proyecto Curricular de Etapa consta de los siguientes elementos: Objetivos generales del proyecto referidos a la etapa. Secuenciación de objetivos y contenidos por ciclos, teniendo en cuenta las diversas áreas curriculares y los temas transversales. Estrategias metodológicas. Evaluación. Adaptaciones curriculares. Medidas de individualización de la enseñanza. Acción tutorial. Relación con los padres y con el entorno. El conjunto de decisiones que afectarán a la concreción del curriculum, a la fijación de objetivos y selección de contenidos, en general, a la conformación de la oferta educativa que un centro realice en una realidad concreta, tomará forma a través de la elaboración y evaluación progresiva de su propio Proyecto Curricular de Centro. Estos Proyectos Curriculares de Centro, insertos en cada comunidad escolar, contendrán las líneas generales de actuación que informarán las iniciativas lomadas en sucesivos niveles de concreción: los Proyectos Curriculares de Etapa, los de Ciclo y rea, y la realización de cada una de las Programaciones de Aula, plasmación última del conjunto de decisiones que deber articular, de forma coherente la oferta educativa de un centro. Los proyectos curriculares de etapa deberán contener la adecuación de los objetivos generales de la etapa al contexto socioeconómico y cultural del Centro y a las características del alumnado, así como criterios metodológicos de carácter general y organización general del proceso de evaluación y orientación. Los proyectos curriculares de etapa incluirán asimismo la concreción y secuenciación por ciclos de los contenidos. Dicha secuenciación no deberá variar, para un mismo grupo de alumnos a lo largo de la Educación Primaria. Los proyectos curriculares de etapa incluirán asimismo la concreción y secuenciación por ciclos de los contenidos. Dicha secuenciación no deberá variar, para un mismo grupo de alumnos a lo largo de la Educación Primaria.

Provecto educativo de centro (PEC): "Documento que recoge el conjunto de decisiones, es decir, aquellas ideas, asumidas por toda la comunidad educativa, respecto a las opciones educativas básicas y la organización general del centro." "Documento de orientación educativo-pedagógico elaborado por toda la comunidad educativa, donde se señalan las notas ultimas a ir consiguiendo progresivamente, de acuerdo con unos ideales, utopías o valores educativos. Es el tipo de hombre, de alumno que se quiere educar desde el respeto de su psicología, afectivamente, para un tipo de sociedad nueva. ... Es una propuesta integral para dirigir un proceso de intervención educativa en una situación escolar concreta". El proyecto educativo de centro es elaborado por la comunidad educativa y evaluado y aprobado por el consejo escolar. Se estructura en: Señas de identidad. Propósitos o finalidades del centro que constituyen el llamado ideario del centro. Revisión de los objetivos generales del currículo de las etapas que se impartan en el centro. Relaciones de colaboración entre padres, alumnos y docentes con el entorno. Reglamento de Régimen Interno (RRI).

Real Decreto:  En el sistema jurídico español, un Real Decreto es una norma jurídica con rango de reglamento, que emana del poder ejecutivo (el Gobierno), en nombre del Rey de España, y en virtud de las competencias prescritas en la Constitución. No obstante, no hay que confundir el contenido con la forma de aprobación: los actos que emanan del Consejo de Ministros adquieren la forma de Real Decreto (que es, por tanto, la forma en que se reviste el acto); pero no todo Real Decreto es un Reglamento (ello dependerá del contenido). En cualquier caso, el Real Decreto se sitúa en el orden de prelación de las normas jurídicas inmediatamente después de las normas con rango de Ley y antes de la Orden ministerial. Su diferencia con la primera es que emana del poder judicial y no del poder legislativo. Su diferencia con la segunda es que el Real Decreto precisa para su adopción de la aprobación del Consejo de Ministros exclusivamente, mientras que la Orden ministerial puede establecerse por parte de un solo ministerio. Tanto los Reales Decretos como las Órdenes Ministeriales integran la potestad reglamentaria de la Administración Pública. Los reglamentos, en virtud del principio de jerarquía normativa, no pueden contradecir lo dispuesto en las leyes, y la Constitución prohíbe que regulen una serie de materias que reserva a la ley. Un Real Decreto es sancionado por el Rey, y refrendado por el Presidente del Gobierno, o los ministros competentes.

Reforma educativa: En 1987 Malavares indicó que iba a reformar el sistema educativo basándose en dos grandes cambios: Reforma de los niveles educativos. Reforma del currículo. Las transformaciones de orden político, económico y social que se están produciendo en nuestro contexto, los progresos que se originan en la producción, en la tecnología y en la vida cultural, así como la Integración de nuestro país como miembro de pleno derecho en la Comunidad Europea, son motivaciones que aconsejan e informan la reestructuración del Sistema Educativo. Con ello se pretende no sólo adecuarse a estas nuevas condiciones, sino prepararse para los cambios futuros que se producirán en el entorno dinámico en el que vivimos. Por otra parte, se actualiza la función educativa proponiendo incorporar a la práctica docente aquellas aportaciones científicas que se traducen en un mejor conocimiento de cómo se produce el aprendizaje, una adecuada selección de los contenidos y en general, una propuesta educativa más fundamentada. Se aborda, en consecuencia, un cambio profundo y general del Sistema Educativo, por cuanto afecta tanto a la reordenación de la estructura del sistema, como a la reforma de los diferentes elementos curriculares, contando con una mejor organización, con mejores instrumentos y recursos y con una concepción más participativa y adaptada al medio. Un cambio de esta naturaleza exige, dadas sus especiales características y su complejidad, aunará los esfuerzos de los distintos elementos sociales que intervienen en el proceso educativo. La estructura y finalidad del nuevo Sistema Educativo pretende adecuar a éste a las necesidades y demandas de una sociedad democrática. Salvaguarda el derecho de todos a una educación básica de manera obligatoria y gratuita, permitiendo que el derecho a la educación sea ejercido en condiciones de libertad e igualdad. La Reforma Educativa, recogida en la Ley Orgánica 1/1990 de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, aparece en un momento en el que diferentes factores asf lo han hecho necesario: Desde la anterior Ley General de Educación (1970), los procesos sociales y políticos ocurridos en el Estado Español, han configurado una nueva situación que exige una remodelación consecuente del sistema educativo. La adhesión a la Comunidad Europea del Estado Español, implica consecuencias tanto de tipo educativo, como laboral y social, que han aconsejado el acercamiento de los objetivos, los contenidos y la estructura de la enseñanza en España, al resto de los países del entorno europeo. También se ha hecho necesario adaptar el sistema educativo a las nuevas demandas de cualificación profesional, a los recientes avances científicos y técnicos y a procesos productivos cada vez más complejos y dinámicos, estableciendo una mayor conexión entre el mundo educativo y el mundo laboral. Evitar la doble vía discriminatoria entre Formación Profesional y Bachillerato, Incorporar los nuevos temas que demanda la sociedad y, en general, ofrecer una mayor calidad de la enseñanza son razones suficientes para una profunda reforma y para ampliar determinados tramos educativos (Educación Infantil y Educación Secundaria Obligatoria).

Secuenciación de contenidos: La secuenciación de contenidos que se establezca a lo largo de la enseñanza obligatoria, debe propiciar una creciente complejidad de los esquemas de conocimiento del alumno, que lo aproxime, gradualmente, a las estructuras conceptuales de los distintos cuerpos de conocimiento. Para que esto sea posible, la secuencia debe respetar las líneas generales del desarrollo cognitivo señaladas, ampliando progresivamente el campo de los contenidos que se han de trabajar y ofreciendo formulaciones conceptuales de distintos niveles de complejidad a lo largo de la etapa.

Sistema educativo: "Conjunto de elementos, recursos personales y materiales, y ordenación de éstos a través de leyes, programas..., puestos al servicio de la educación."

Sociedad: Grupos de personas que se establecen e interactúan entre si para que a partir de unas leyes puedan convivir y satisfacer las necesidades del colectivo. "Agrupación de individuos con el fin de cumplir mediante la mutua cooperación, todo o alguno de los fines de la vida".

Tópicos: Los tópicos son centros de interés que surgen de un acontecimiento importante que se produce en la vida cotidiana de los niños y niñas, y que no son expresamente establecidos por el maestro.
Según Ángeles Gervilla, en su libro Dinamizar y Educar (Ed. Dickinson, S.L. 1992) define a los tópicos o núcleos generados como "aquellos que surgen espontáneamente en clase y en los que, sin el profesor pretenderlo, se centra inmediatamente el interés."

Tutoría: La tutoría y orientación de los alumnos y alumnas forma parte de la función docente. Corresponde a los centros educativos la programación de estas actividades, dentro de lo establecido. Cada grupo de alumnos tendrá un profesor tutor, que deberá coordinarse con los otros profesores especialistas que, en su caso, intervengan con el mismo grupo de alumnos. Los centros docentes dispondrán del sistema de organización de la orientación psicopedagógica que se establezca con objeto de facilitar y apoyar las labores de tutoría y orientación de los alumnos. La tutoría tiene como funciones básicas, entre otras: a. Conocer las aptitudes e intereses de los alumnos con objeto de orientarles más eficazmente en su proceso de aprendizaje.  b. Contribuir a establecer relaciones fluidas entre la escuela y la familia, asi como entre el alumno y la institución escolar. c. Coordinar la acción educativa de todos los profesores que trabajan con un mismo grupo de alumnos. d. Coordinar el proceso de evaluación continua de los alumnos y resolver sobre el mismo.

Unidad didáctica: "Unidad de trabajo relativa a un proceso completo de enseñanza-aprendizaje, que no tiene duración temporal fija, y en la cual se precisan el conjunto de objetivos didácticos, bloques elementales de contenido y actividades de aprendizaje y de evaluación. Segün el Ministerio de Educación y Ciencia, la programación se realiza por unidades didácticas." "Tercer nivel de concreción del currículo. Es el conjunto de actividades que se desarrollan en un tiempo determinado, para la consecución de unos objetivos didácticos dando respuesta a todas las cuestiones curriculares, o sea, al qué enseñar (objetivos y contenidos), cuándo enseñar (secuencia ordenada de actividades y contenidos), cómo enseñar (actividades, organización del espacio y del tiempo, materiales y recursos didácticos), y a la evaluación." César Coll en su libro Psicología y Curriculum la define como:" unidad de trabajo relativa a un proceso completo de enseñanza/aprendizaje que no tiene una duración temporal fija (una unidad didáctica puede abarcar varias "clases" o "lecciones tradicionales"). En la medida en que concierne a la planificación de un proceso completo enseñanza/aprendizaje las unidades didácticas necesitan unos objetivos, unos bloques elementales de contenidos, unas actividades de aprendizaje y unas actividades de evaluación." Cada unidad didáctica elaborada da respuesta a las mismas preguntas que el Proyecto Curricular de Etapa (qué, cuándo y cómo enseñar evaluar), pero con una mayor concreción y desarrollo curricular. Cuando hablamos de U.D nos referimos no sólo a una definición de intenciones educativas para un grupo de alumnos sino también a la organización metodológica y a su desarrollo en el aula. Los decretos que regulan los diferentes currículos de las diferentes etapas especifican que la unidad didáctica debe elaborarse teniendo presente el Proyecto Curricular de Etapa y partiendo en todo momento, de los conocimientos e intereses del grupo de niños al que va dirigida la práctica educativa. Las unidades didácticas serán unos elementos vivos, reales, abiertos y flexibles en los que se ofrezca al alumno la posibilidad de ser participe de su propio aprendizaje a través de la investigación y el descubrimiento. Deben tener como punto de partida la experiencia previa, es decir, de programaciones ya existentes en el centro. Bajo el punto de vista del enfoque globalizador de primaria las distintas posibilidades metodológicas para diseñar una unidad didáctica son: centros de interés, proyectos, tópicos...

Universidad: Órgano a través del cual la sociedad conserva y transmite el saber de alto nivel al tiempo que forma a los profesionales superiores. La universidad va a tener varias funciones: Con el saber: observar, transmitir y acrecentar. Con la sociedad: Formar profesionales y establecer las bases científico-técnicas que permitan resolver los problemas que tiene la sociedad y la humanidad.

 

 

 

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